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Numerus apertus para la acreditación de la relación laboral y su duración en el arraigo laboral.
Autor:
José M.ªPey González
Ciudad:
Madrid
Editorial:
La Ley
Fecha:
25/05/2021
Comentario
José M.ªPey González.: “Numerus apertus para la acreditación de la relación laboral y su duración en el arraigo laboral, ex artículo 124.1.2º del Reglamento de Extranjería. Comentario a la sentencia del Tribunal Supremo núm. 452/2021, de 25 de marzo (casación n.º 1602/2020)”, Diario La Ley, núm. 9856, Sección Comentarios de jurisprudencia, 24 de mayo de 2021, WoltersKluwer.
- Resumen: Comentamos en este artículo, por su relevancia, la Sentencia del Tribunal Supremo, dictada sobre el arraigo laboral: Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a los ciudadanos extranjeros que se encuentren en España durante un período mínimo de 2 años y hayan tenido relaciones laborales durante un mínimo de 6 meses (en el mismo sentido: STS 06.05.2021).
Otros artículos del mismo autor publicados en la misma revista:
- La reciente doctrina del Tribunal Supremo en materia de extranjeria.
- La nulidad de la resolución administrativa de expulsión del extranjero.
- Dossier Jurisprudencial del Tribunal Supremo en 2019 sobre extranjería.
- Contexto de la crisis del Covid-19 y la extranjería.
- Sistemática jurisprudencial del Tribunal Supremo en extranjería 2020.