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Cómo funciona la orden de detención y entrega Europea.
Autor:
Marta Muñoz de Morales Romero
Ciudad:
Madrid
Editorial:
La Ley
Fecha:
11/12/2017
Comentario
MUÑOZ DE MORALES ROMERO, Marta.: “¿Cómo funciona la orden de detención y entrega Europea?: El caso del ex-president y sus consellers como ejemplo”, Diario La Ley, núm. 9096, Sección Tribuna, 11 de diciembre de 2017, Editorial Wolters Kluwer.
- Resumen: La orden de detención y entrega europea es un instrumento de cooperación judicial en materia penal en el marco de la UE que implica la entrega de un sospechoso de forma casi automática. Se trata de un instrumento de reconocimiento mutuo cuya premisa fundamental es la confianza mutua de los Estados miembros en el actuar de sus homólogos. De ahí que los motivos de denegación sean reducidos. La negativa del Sr. Puigdemont y de algunos de los exconsellers a comparecer ante la Audiencia Nacional llevó a la emisión de una euroorden cuyas posibilidades de éxito dependerán de la superación de una serie de obstáculos que se abordan a lo largo de este trabajo. Normativa comentada: Véase la Decisión Marco 2002/584/JAI, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros; y Jurisprudencia comentada: STJUE 11.01.2017.
Otros artículos publicados en la misma revista el mismo día:
- BILBAO ESTRADA, Iñaki.: “¿De verdad un Impuesto Wallapop? Todavía, no", Diario La Ley, núm. 9096, Sección Tribuna, 11 de Diciembre de 2017. Resumen: En base a una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos, cuando la venta online de objetos usados (bienes muebles) sea realizada por particulares debe considerarse, en todo caso, como una transmisión gravada por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas. La consecuencia práctica es que el adquirente debe autoliquidar el citado Impuesto, aplicando un 4% al valor real de los bienes muebles de segunda mano adquiridos (salvo modificación por parte de la Comunidad Autónoma correspondiente). Se analizan las dificultades de la efectiva aplicación del Impuesto, así como las transmisiones que se producen vía plataforma digital (Texto completo).
Otros artículos recientes publicados en la misma revista:
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