Situación de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) en España y su adecuación al marco legal.

Autor: Clínica Jurídica ICADE y Amalia Rodríguez Sendín (Coords).
Fecha: 29/06/2015
Comentario

Clínica Jurídica ICADE y Amalia Rodríguez Sendín (Coords.).: Informe: Situación de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) en España y su adecuación al marco legal, Clínicas jurídicas de las universidades de Comillas ICAI-ICADE, Barcelona, Valencia y Valladolid.

  • En el trabajo se analiza la situación de los ocho CIE que hay en España (Algeciras-Tarifa, Barcelona, Madrid, Murcia, Valencia, Fuerteventura, Gran Canaria y Tenerife). Según el informe, en ellos las personas se encuentran retenidas por haber cometido, en la mayoría de los casos, infracciones administrativas y se vulneran garantías y derechos fundamentales en contra de lo que dicta la legislación vigente que afecta a estos centros de internamiento. Los responsables del estudio denuncian “la falta de implementación de servicios sanitarios permanentes, que se limitan a prestar atención sanitaria básica y no especializada, y siempre inferior a la que se recibiría en un centro de salud”. En este sentido, “no existen mecanismos que permitan detectar la existencia de enfermedades contagiosas, ni medidas que no sean el aislamiento de los internos en condiciones que atentan a su integridad y salud física”.

Denuncias y mejoras

  • El informe denuncia que hay personas ingresadas que son vulnerables, especialmente menores no acompañados, respecto a los que no se siguen protocolos adecuados para su identificación. “Tampoco consta que los funcionarios reciban la formación obligada por el Real Decreto 162/2014 en derechos humanos, extranjería y enfoque de género”, se asegura en el informe. Además, incluye propuestas de mejora a nivel legislativo, para lo cual habría que abordar algunas reformas.  Se proponen algunas medidas concretas: prohibir el internamiento en casos de mera estancia irregular por carecer de permiso de residencia o, en general, carecer de documentación en regla; reducir el plazo máximo de internamiento, “por cuanto el plazo de 60 días actualmente vigente parece excesivo y, en todo caso, no justificado, teniendo en cuenta que la legislación anterior a la reforma acometida en el año 2009 especificaba un periodo máximo de 40 días”. Asi mismo solicita un control judicial exhaustivo de las acciones administrativas y competencias compartidas entre los Ministerios de Interior, Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el Ministerio de Empleo y Seguridad. (Texto completo).

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