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Pacto sobre Migración y Asilo: Una mirada a las reformas normativas en migración y asilo de la Unión Europea.
Autor:
Ferrán Camas Roda
Ciudad:
Madrid
Editorial:
La Ley
Fecha:
31/05/2024
Comentario
Ferrán Camas Roda.: “Pacto sobre Migración y Asilo: Una mirada a las reformas normativas en migración y asilo de la Unión Europea, con especifica atención a las relativas a situaciones de crisis y fuerza mayor”, Diario La Ley Unión Europea, núm. 125, de 31 de mayo de 2024.
- Resumen: Este artículo aborda el estudio de una de las propuestas de reglamentación más sensibles y discutidas del paquete de reformas normativas en materia de inmigración está impulsando la Unión Europea, en particular la regulación de situaciones de crisis y de fuerza mayor en el ámbito de la migración y asilo. En este estudio se aportan los principios básicos de esta propuesta de reglamento, que comparte con el resto de normativas que se van a aprobar ya que todas ellas están profundamente vinculadas, así como los principales conceptos y contenidos de la nueva regulación, prestando especial atención a las medidas de solidaridad obligatoria y de excepción a los procedimientos de asilo que la nueva proposición acomete.
Otros comentarios publicados en la misma revista y el mismo día:
- José Joaquín Fernández Alles.: “El Pacto sobre Migración y Asilo: un asunto constitucional para la Unión Europea”, LA LEY Unión Europea, núm. 125, Sección Estudios, Mayo 2024, LA LEY. Resumen: Esta tribuna describe y analiza los antecedentes y contenidos más relevantes relacionados con el denominado «Nuevo Pacto Europeo de Migración y Asilo de la Unión Europea», con particular referencia a los diez textos legislativos informados positivamente por el Parlamento Europeo el día 10 de abril de 2024, su vinculación con los principios fundacionales del proceso de integración europea, las contradicciones que viven las sociedades europeas en materia de migración y asilo, sus cuestiones más problemáticas (procedimiento de control de fronteras, mecanismo de solidaridad constante, gestión de crisis migratorias…), su naturaleza jurídico-constitucional, así como, finalmente, unas conclusiones sobre las preguntas y exigencias que se derivan del Nuevo Pacto en el ámbito de las relaciones internormativas, la cooperación interparlamentaria, las relaciones intergubernamentales y el control jurisdiccional multinivel de su aplicación.
- Paula Gaía Andrade.: “La reforma de la legislación de la UE sobre asilo: ¿una solución europea basada en la solidaridad?", Diario La Ley Unión Europea, núm. 125, de 31 de mayo de 2024. Resumen: La reciente aprobación por el Parlamento Europeo de la legislación de la UE sobre asilo constituye la plasmación legislativa del Nuevo Pacto sobre Migración y Asilo que la Comisión había propuesto en 2020. Esta reforma, centrada principalmente en resolver las tensiones derivadas de la gestión del asilo, la acogida de solicitantes de protección internacional y la respuesta a situaciones de crisis, ha sido presentada como un acuerdo histórico que aporta una solución europea al reto común de la migración. Además de perfilar, de manera sintética, las principales características de los actos legislativos aprobados, esta Tribuna procede a una valoración crítica de sus implicaciones para el reparto de poderes decisorios y de ejecución entre la Unión y sus Estados miembros. Si bien es cierto que la reforma permite avanzar en la uniformización normativa a través de la generalización del recurso al reglamento y se aprecia, a su vez, una mayor intervención supranacional en la ejecución de estas políticas, la acentuada preservación de los poderes decisorios de los Estados miembros no concuerda con el carácter europeo y común que debiera reflejar la futura legislación sobre asilo. Estos rasgos normativos no parecen tampoco contribuir suficientemente a la realización práctica de la solidaridad y reparto equitativo de responsabilidad, principio rector de la política de asilo de la UE y objetivo central de esta reforma.
- Sílvia Morgades Gil.: “Lo que queda de Dublín: Entre responsabilidad y solidaridad”, Diario La Ley Unión Europea, núm. 125, de 31 de mayo de 2024. Resumen: Con el llamado Nuevo Pacto de migración y asilo adoptado por la Comisión en septiembre de 2020 se anunció que el que fue el primer instrumento de la política de asilo europea, el reglamento de Dublín III (en su versión actual) desaparecería como tal y los criterios y procedimientos de asignación de la responsabilidad del examen de las demandas de protección internacional presentadas en territorio europeo pasarían, en todo caso, a integrarse en un instrumento más amplio, en un marco común de gestión del asilo y la migración. Se abandonaba, por tanto, la propuesta para un reglamento Dublín IV elaborada por la Comisión en 2016, con un instrumento de solidaridad permanente y de activación automática, cuando se dieran determinadas circunstancias de presión migratoria. Este trabajo tiene por objetivo identificar qué es lo que queda de Dublín en el nuevo reglamento de gestión del asilo y la migración, de su espíritu, de los criterios y procedimientos de asignación de la responsabilidad, así como examinar los cambios que se han introducido en esta nueva norma en relación con la principal deficiencia de la política de asilo europea que es la ausencia de mecanismos de solidaridad que compensen un reparto inequitativo de las responsabilidades en relación con los controles fronterizos y la protección internacional.
- Elena Muñoz Martínez.: “El Pacto Europeo Común de Asilo: Avances y retrocesos en la protección de las personas necesitadas de protección internacional”, Diario La Ley Unión Europea, núm. 125, de 31 de mayo de 2024 (). Resumen: El pasado 10 de abril el Parlamento Europeo aprobó la reforma legislativa del Sistema Europeo Común de Asilo, que se aleja de los objetivos señalados cuando se presentó la propuesta en 2016: establece un régimen de excepciones que erosiona el sistema europeo común de asilo, se da un desequilibrio entre las responsabilidades compartidas y la solidaridad entre Estados miembro y la respuesta a la crisis es compleja y no centrada en las personas en necesidad de protección internacional. Aunque se refuerzan algunas garantías procedimentales, el acceso al procedimiento y a la protección se dificultan. Ahora se abre la fase de implementación, donde será fundamental que el Plan nacional de implementación que presente España se realice con una perspectiva de derechos humanos que aplique la interpretación más favorable a la persona, sin que suponga una rebaja de las garantías ya consagradas a nivel nacional.
- José María Porras Ramírez.: “El nuevo Reglamento de la UE sobre las situaciones de crisis y fuerza mayor en la migración y el asilo: o como supeditar la solidaridad a la seguridad”, Diario La Ley Unión Europea, núm. 125, de 31 de mayo de 2024. Resumen: El nuevo reglamento sobre las situaciones de crisis y fuerza mayor, que forma parte del Pacto sobre Migración y Asilo, aprobado en 2024, permite apreciar, una vez más, cómo la solidaridad «a la carta», invocada en dicha norma, se destina, en realidad, a los Estados miembros que sufren las situaciones extraordinarias de afluencia masiva, y no a las personas que la padecen; por lo que ocasiona, al posibilitar la aplicación de un sistema paralelo de excepciones a las normas generales, un claro debilitamiento de las garantías que asisten a un procedimiento de protección internacional ya, de por sí, entreverado de restricciones para sus solicitantes. De este modo, la norma se afana por mantener, con toda su firmeza, los controles y la insistencia en la contención de los migrantes, por mucho que terribles crisis humanitarias, necesitadas de atención inmediata, sean las verdaderas causantes de las llegadas masivas de refugiados, que amenazan con la desestabilización del Sistema. Se comprueba así, como el enfoque securitario, con el fin que, obsesivamente, lo orienta al cierre de fronteras, se impone a toda exigencia individualizada de acogida y atención solidaria, guiada por la voluntad de asegurar la dignidad humana de quienes, sin duda, se encuentran entre los más vulnerables entre los vulnerables de la Tierra.
Fuente: Diario La Ley Unión Europea, núm. 125, día 31 de mayo de 2024 (Índice completo).
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Bibliografia migrarconderechos: