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La resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
Autor:
Jesús Félix García de Pablos
Ciudad:
Madrid
Editorial:
La Ley
Fecha:
28/12/2017
Comentario
GARCÍA DE PABLOS, Jesús Félix.: “La resolución alternativa de litigios en materia de consumo”, Diario La Ley, núm. 9108, de 28 de diciembre de 2017.
- Resumen: La Ley 7/2017 incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo. De esta forma, los consumidores residentes en España o en cualquier Estado miembro de la Unión Europea tendrán la posibilidad de resolver sus litigios de consumo con empresarios establecidos en España acudiendo a entidades de resolución alternativa de calidad.
Artículos publicados recientemnte en la misma revista:
- RODRÍGUEZ-PIÑERO Y BRAVO-FERRER, Miguel.: “Derechos fundamentales y primacía del Derecho de la Unión Europea”, Diario La Ley, núm. 9107, de 27 de diciembre de 2017; y Diario La Ley, núm. 9114, de 9 de enero 2018. Resumen: La Sentencia del TJUE (Gran Sala) de 8 de septiembre de 2015, Taricco (C-105/14), conoció sobre un procedimiento penal relativo a la prescripción de delitos en materia de IVA en relación con el mandato del art. 325 TFUE. Dicha sentencia se centró en si la normativa italiana en materia de prescripción aplicable a delitos por fraude en el IVA vulneraba el principio de finanzas públicas sólidas del art. 119 TFUE y más en concreto las obligaciones que impone a los Estados miembros el citado artículo 325. Ahora, el Tribunal de Justicia, en sentencia de 5 de diciembre de 2017 (C-42/17), que responde a varias cuestiones prejudiciales, ha matizado la doctrina Taricco destacado la importancia de los derechos fundamentales de la persona acusada de un delito, pero extrayendo de esa importancia consecuencias distintas pues afirma que el juez nacional al no aplicar las disposiciones del Código Penal sobre prescripción controvertida, ha de respetar los derechos fundamentales de las personas acusadas de haber cometido una infracción penal, debiendo garantizar que se respeten los derechos de los acusados derivados del principio de legalidad de los delitos y las penas.
- Consulta Vinculante V1737-17, de 06 de julio de 2017 de la Subdirección General de Fiscalidad Internacional: Impuesto sobre la renta de no residentes. Retenciones. Obtención de medio premio gordo de la Lotería Nacional por un residente en Canadá. Ante la falta de regulación expresa en el Convenio Hispano-Canadiense, este premio puede ser sometido a tributación en cualquiera de los dos países. La retención practicada en España sobre el importe del premio satisfecho es conforme a Derecho y no procede devolución alguna de dicha cantidad. Diario La Ley, núm. 9106, Sección La Sentencia del día, 26 de diciembre de 2017 (Texto completo). Resumen: Al ganador en el año 2016 de un premio gordo de Navidad de la Lotería Nacional, que reside en Canadá, le han practicado una retención del 20% de la cantidad que ha percibido en febrero de 2017. Ahora consulta a la Dirección General de Tributos cómo puede obtener la devolución de esa retención. Normativa aplicada: Convenio y Protocolo entre España y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y el art. 31 y la DA 5ª del Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
Otros artículos publicados en la misma revista:
- El derecho financiero islámico en su vertiente de responsabilidad corporativa islámica bajo el Reglamento Roma I.
- Los «Papeles de Panamá» y su repercusión en la Unión Europea en materia de prevención del blanqueo de capitales y fraude fiscal.
- España es responsable por la discriminación de los no residentes en el impuesto de sucesiones y donaciones.
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