La defectuosa aplicación del Derecho de la UE.

Autor: Isaac Ibáñez García
Ciudad: Madrid
Editorial: La Ley
Fecha: 03/01/2020
Comentario

Isaac Ibáñez García.: "La defectuosa aplicación del Derecho de la UE. ¿Quién responde?", Diario La Ley, núm. 9546, Sección Tribuna, 3 de enero de 2020, Wolters Kluwer.

  • Resumen: La Comisión Europea acaba de decidir llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE en relación con las normas españolas sobre compensación por los daños y perjuicios causados por el Estado al adoptar legislación contraria al Derecho de la Unión, principalmente el artículo 32 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, al considerar que estas disposiciones infringen los principios de efectividad y/o equivalencia.
    Estos principios de derecho de la UE limitan la autonomía procesal y sustantiva de los Estados miembros al establecer las condiciones de responsabilidad en caso de infracción del Derecho de la Unión. Según la Comisión los requisitos establecidos por nuestra legislación para que opere la responsabilidad hacen excesivamente difícil la concesión de indemnizaciones por parte del Estado (Texto completo).

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