Proceso de nombramiento de los jueces para el TJUE; control de idoneidad de los mismos.

Autor: Mariano López Molina
Ciudad: Madrid
Editorial: La Ley
Fecha: 01/02/2019
Comentario

Mariano López Molina.: “Proceso de nombramiento de los jueces para el Tribunal de Justicia de la Unión Europea; control de idoneidad de los mismos. Especial referencia a la legitimidad con respuesta a la pregunta ¿En nombre de quién se administra justicia en la Unión Europea?”, Diario La Ley, núm. 9349, Sección Tribuna, 1 de febrero de 2019.

  • Resumen: En el proceso de nombramiento de los jueces para el TJUE, el protagonismo sigue recayendo fundamentalmente en los Estados miembros y gobiernos respectivos. Para garantizar la idoneidad, capacidad e independencia de los candidatos, el TFUE prevé, en su artículo 255, la creación de un Comité que, previo examen y valoración de méritos del candidato, emita un dictamen. Este dictamen, sin embargo, no es vinculante, además de que tampoco se prevé ninguna intervención relevante, en este proceso, de ninguna institución que represente los intereses de la Unión Europea y, sobre todo, el de los ciudadanos, como el Parlamento Europeo. En este trabajo defiendo, al final, la necesidad de una mayor intervención en este proceso del Parlamento Europeo.

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