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Análisis forense del sistema de protección europeo frente a la violencia de género.
Autor:
Miguel Lorente Acosta
Ciudad:
Madrid
Editorial:
Diario La Ley
Fecha:
09/01/2018
Comentario
LORENTE ACOSTA, Miguel.: “Análisis forense del sistema de protección europeo frente a la violencia de género: límites y carencias de la Orden Europea de protección”, Diario La Ley, núm. 9114, de 9 de enero 2018.
- Resumen: El objetivo de la OEP, tal y como recoge la Directiva 2011/99/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, es mantener la protección de una persona contra actos delictivos que puedan poner en riesgo su vida, su integridad física o psicológica, su dignidad, su libertad individual o su integridad sexual, en un Estado Miembro diferente al que haya adoptado una medida de protección. La Directiva desarrolla un modelo teórico de respuesta y articula el procedimiento a seguir, así como la coordinación necesaria para lograr los objetivos pretendidos. Sin embargo, el análisis forense revela una serie de límites basados en las características diferenciales de la violencia de género contra las mujeres respecto a otras violencias interpersonales, que deben ser tenidos en cuenta para mejorar el desarrollo de medidas que logren avanzar en la construcción de una UE libre de violencia de género. Junto a la identificación de los límites y obstáculos se proponen una serie de medidas para lograr tal objetivo.
Otros artículos publicados en el mismo número de la misma revista:
- MAGRO SERVET, Vicente.: “Sobre el valor probatorio de las cámaras de vigilancia en el proceso penal”, Diario La Ley, núm. 9114, de 9 de enero 2018.
- RODRÍGUEZ-PIÑERO Y BRAVO-FERRER, Miguel.: “Derechos fundamentales y primacía del Derecho de la Unión Europea”, Diario La Ley, núm. 9114, de 9 de enero 2018.
- Consulta Vinculante V2824-17, de 2 de Noviembre de 2017 (LA LEY 3148/2017) de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas. Noticia relacionada: ¿Es deducible el coste de un grado oficial de criminología en concepto de gastos de formación para un abogado?, Diario La Ley, núm. 9114, de 9 de enero 2018.
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- El proceso social digital y el principio de subsanación.
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Bibliografia: