El derecho de entrega del atestado policial y el derecho de defensa.

Autor: Vicente Magro Servet
Ciudad: Madrid
Editorial: La Ley
Fecha: 07/01/2020
Comentario

Vicente Magro Servet.: “El derecho de entrega del atestado policial y el derecho de defensa”, Diario La Ley, núm. 9457, Sección Doctrina, 7 de Enero de 2020, Wolters Kluwer.

  • Resumen: Análisis del polémico tema de las solicitudes del letrado de entrega del atestado en dependencias policiales para llevar a cabo una correcta y eficaz asistencia letrada al detenido. Análisis de la Directiva 2010/64/UE, de 20 de octubre de 2010, los arts. 118, 520.2 d), 527 LECRIM y SSTC 13/2017, de 30 de enero de 2017 y 21/2018 de 5 Mar. 2018).
  • Trata el autor en este artículo sobre el interesante debate que existe en la abogacía acerca del derecho de acceso al contenido del atestado policial cuando se asiste por un letrado/a a un detenido en dependencias policiales y reclama que para ejercer un debido derecho de defensa a su cliente, e, incluso, para entrevistarse con él es preciso conocer de forma clara y precisa las «razones de su detención». Y ello, disponiendo de forma íntegra, y no cortada o mutilada, del contenido de las diligencias policiales que constan en el atestado, señalando como excepciones las que afecten a testigos protegidos, o a víctimas en determinadas circunstancias.
  • Analiza el autor las SSTC 13/2017, de 30 de enero de 2017 y 21/2018 de 5 Mar. 2018, y la normativa de la LECRIM en relación con la  Directiva 2010/64/UE, de 20 de octubre de 2010, ofreciendo los aspectos relevantes del ejercicio y manifestación de este derecho, así como las conclusiones que se obtienen de este estudio, de interés para los juristas y Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado (Texto completo).

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