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Movilidad internacional e inversión inmobiliaria extranjera en la UE.
Autor:
Diana Marín Consarnau
Ciudad:
Madrid
Editorial:
La Ley
Fecha:
30/12/2021
Comentario
Diana Marín Consarnau.: “Movilidad internacional e inversión inmobiliaria extranjera en la UE: especial referencia al programa español desde un enfoque de desarrollo sostenible”, Diario La Ley Unión Europea, núm. 98, diciembre 2021.
- Resumen: El presente artículo se ocupa de examinar el panorama en la UE de los programas de captación de inversión extranjera en bienes inmuebles ofrecidos en varios Estados miembros; Residence by Investment (RBI) y/ o Citizenship by Investment (CBI), desde la perspectiva de la reacción de las instituciones de la UE sobre estos programas, especialmente en el caso de los CBI, pero también enlazando con las cuestiones controvertidas que conectan el Derecho de extranjería y el Derecho privado, que se examinarán en el programa español de RBI, a través de una perspectiva de sostenibilidad en conexión con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Otros comentarios publicados en la misma revista y el mismo día:
- Pedro Alberto de Miguel Asensio.: “Modernización de las normas sobre propiedad intelectual y protección de los consumidores en el entorno digital mediante el Real Decreto–ley 24/2021”. Resumen: Primer análisis de los aspectos más relevantes para el mercado digital de la transposición mediante el Real Decreto-ley 24/2001 de las Directivas 2019/790 y 2019/2161. En materia de propiedad intelectual se aborda la nueva normativa sobre prestadores de servicios para compartir contenidos en línea, así como los nuevos derechos sobre los usos en línea de las publicaciones de prensa. En el sector de la competencia desleal y la protección de los consumidores, se tratan cuestiones como la determinación de la Administración competente en materia de infracciones en línea; las prácticas desleales encubiertas en el ámbito de las redes sociales; las prácticas engañosas respecto del empleo de reseñas de productos por consumidores; las obligaciones de información en los contratos celebrados en mercados en línea; así como el derecho de desistimiento en el entorno digital.
- Dionisio Fernández de Gatta Sánchez.: “La nueva estrategia de la Unión Europea sobre las zonas rurales: pacto verde, visión a largo plazo y nueva Bauhaus”. Resumen: Las zonas rurales de la Unión Europea son una parte esencial del modo de vida europeo, pero en la actualidad tiene problemas importantes (despoblación, deficiencias y falta de servicios públicos y privados, insuficiencia de infraestructuras, deficientes conexiones digitales o ausencia de ellas, problemas de empleo, etc.). La Unión Europea tiene una política de desarrollo rural desde hace décadas, y en la actualidad prevé una financiación nunca conocida antes. Desde 2019, la Unión ha adoptado diversos documentos estratégicos que enmarcarán esta política de desarrollo rural para los próximos años, vinculándolo a los objetivos ambientales, económicos y sociales que guiarán el futuro de la Unión, tales como el Pacto Verde Europeo, la Estrategia «De la granja a la mesa», la visión de futuro de las zonas rurales, la Agenda Territorial 2030 y la interesante Nueva Bauhaus Europea. El trabajo analiza estos documentos estratégicos y su incidencia en y relación con el mundo rural.
- Francisco Manuel Mariño Pardo.: “Certificado sucesorio europeo. Eficacia temporal de las copias auténticas y eficacia respecto de las personas en él designadas”.Resumen: En su sentencia de 1 de julio de 2021 el Tribunal de Justicia decidió que el art. 70, ap. 3, del Reglamento (UE) núm. 650/2012 debe interpretarse en el sentido de que una copia auténtica del certificado sucesorio europeo expedida con la mención «por tiempo indefinido» en ella es válida durante un período de seis meses a partir de su fecha de expedición y surte efectos, en el sentido del art. 69 de dicho Reglamento, si es válida en el momento de su presentación inicial ante la autoridad competente. Además, estableció que el art. 65, ap. 1, de dicho Reglamento, en relación con su art. 69, ap. 3, debe interpretarse en el sentido de que el certificado sucesorio europeo surte efectos respecto de todas las personas que se mencionan nominalmente en él, aunque no hayan solicitado ellas mismas la expedición de dicho certificado. El presente comentario analiza la sentencia y añade algunas ideas sobre sus efectos en la práctica notarial española.
- José Luis Monereo Pérez/ Alejandro Muros Polo.: “De nuevo sobre los criterios del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para calificar las guardias como tiempo de trabajo y su compatibilidad con la doctrina del Comité Europeo de Derechos Sociales de la Carta Social Europea”. Resumen: Las nuevas formas de organizar el trabajo y el avance de las tecnologías de la información y la comunicación están produciendo un aumento de los servicios prestados en régimen de guardias localizadas. No obstante, la regulación convencional y la jurisprudencia nacional suelen determinar estos períodos como de descanso, al no ser considerados como tiempo de trabajo efectivo. Ante esta situación cabe plantearse si dicha calificación jurídica es correcta. Para ello, en el presente trabajo de investigación se analizará el sistema multinivel de protección del derecho social fundamental al descanso y a la limitación de jornada; la evolución de la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europa para las guardias presenciales y no presenciales, con especial atención a la última sentencia de 11 de noviembre de 2021, Dublin City Council, C-214/20; así como se expondrá la doctrina del Comité Europeo de Derechos Sociales en la aplicación de la Carta Social Europea. Todo ello para concluir que la jurisprudencia más exigente del TJUE para determinar las guardias no presenciales como tiempo de trabajo, y que ha sido adoptada por los tribunales españoles, no es coherente con la interpretación más garantista aportada por el órgano de control de la Carta Social Europea.
- Isabel Rodríguez-Uría Suárez.: “Un par de cuestiones sobre el Reglamento (UE) 650/2012: ámbito de aplicación material y régimen transitorio de la elección de ley aplicable”. Resumen: La Sentencia del Tribunal de Justicia de 9 de septiembre de 2021 (Asunto C-277/20) determina que el art. 3.1º.b) del Reglamento 650/2012 debe interpretarse en el sentido de que se considera pactos sucesorios todo contrato en el que una persona dispone que a su muerte se transmita la propiedad de un bien inmueble a otras personas contratantes y que el art. 83.2º no se aplica a la determinación de la validez de una elección de ley realizada antes del 17 de agosto de 2015 para regir un pacto sucesorio que se refiere a un bien concreto de la sucesión y no al conjunto de la misma. El presente comentario se muestra bastante crítico con la Sentencia, fundamentalmente en lo que se refiere a los argumentos utilizados por el Tribunal para contestar a las dos cuestiones prejudiciales.
- Alberto J. Tapia Hermida.: “Decálogo de la Ley europea de servicios digitales: la adaptación de las normas de Derecho mercantil y civil a las entidades comerciales que operan en línea”. Resumen: Este estudio ofrece, en forma de decálogo, una síntesis de la nueva Ley Europea de Servicios Digitales partiendo de la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos contractuales por lo que respecta a la gestión de contenidos y la Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de octubre de 2020.
Fuente: Diario La Ley Unión Europea, núm. 98, día 30 de diciembre de 2021 (Índice completo).
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Bibliografia migrarconderechos: