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Sentido del silencio administrativo en las solicitudes de residencia permanente de familiares de ciudadanos comunitarios.
Autor:
Guillermo Ramírez Fernández
Ciudad:
Madrid
Editorial:
La Ley
Fecha:
19/03/2024
Comentario
Guillermo Ramírez Fernández.: “Sentido del silencio administrativo en las solicitudes de residencia permanente de familiares de ciudadanos comunitarios”, Diario LA LEY, núm. 10469, Sección Tribuna, 19 de marzo de 2024.
- Resumen: Con el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, se posibilitó a los ciudadanos extranjeros con familiares comunitarios solicitar su regularización en España de forma temporal o permanente. El plazo para su concesión se dispuso en tres meses, sin contemplarse nada acerca del silencio administrativo y su sentido. El Tribunal Supremo ha sentado recientemente jurisprudencia al respecto, no obstante, lo cual sus planteamientos pueden estar chocando frontalmente con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Otros comentarios publicados en la misma revista recientemente:
- De nuevo sobre la representación de los ciudadanos extranjeros en la jurisdicción contencioso-administrativa y la innecesaridad de apoderar al procurador designado de oficio.
- Evolución y situación actual de la nacionalidad española.
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