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Guía con las preguntas más frecuentes sobre las medidas tomadas por la Secretaría de Estado de Migraciones ante la emergencia del COVID-19.
Autor:
Secretaría de Estado de Migraciones
Ciudad:
Madrid
Editorial:
SEM
Fecha:
01/04/2020
Comentario
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Secretaría de Estado de Migraciones.: Guía con las preguntas más frecuentes sobre las medidas tomadas por la Secretaría de Estado de Migraciones ante la emergencia del COVID-19, Madrid, abril 2020.
Suspensión de plazos administrativos (Vid. Comunicación)
- ¿Qué sucede con los procedimientos en materia de extranjería durante el Estado de Alarma? La Secretaría de Estado de Migraciones dirigió esta Comunicación a las oficinas de extranjería cómo proceder ante la suspensión de plazos administrativoscomunicación a las Oficinas de Extranjería el pasado 19 de marzo con la finalidad de abarcar todas las casuísticas en materia de extranjería y ofrecer a las personas afectadas una respuesta en función del avance de su procedimiento
- Presenté mi solicitud antes de la entrada en vigor del Estado de Alarma. ¿Cuándo se tramitará?
- ¿De qué forma se está procediendo con la modificación, renovación o prórroga de las autorizaciones de residencia y trabajo?
Sistema nacional de acogida (Vid. Intrucción)
- ¿Qué ocurre con el acceso al Sistema de Acogida si el beneficiario no dispone en este momento de documentación en vigor?
- ¿Qué sucede con las ayudas de necesidades básicas?
- ¿Se mantienen los traslados previstos a plazas de acogida?
- ¿De qué manera se está velando por la protección de las víctimas de trata durante esta situación excepcional?
- ¿Cómo solicitan acceso al Sistema de Acogida aquellas personas que no han podido manifestar su voluntad de demandar asilo? (Instrucción de la Dirección General de la Policía 1/2020 de medidas organizativas del 13/03/2020)
- ¿Existe un protocolo de prevención en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI)?
- ¿Se está dando acogida a las personas que han ido abandonando los CIES durante el periodo del Estado de Alarma?
Agilización de autorizaciones de residencia y trabajo
- ¿En qué consiste la acción interministerial centrada en la incorporación de profesionales sanitarios extranjeros al Sistema Nacional de Salud?
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Ministerio de Universidades, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Política Territorial y Función pública han puesto en marcha una acción urgente coordinada para incrementar el número de profesionales sanitarios extranjeros en situación regular en disposición de trabajar en nuestro país con carácter inmediato.
Esta medida va dirigida a nacionales de terceros países, profesionales del ámbito sanitario en situación regular, que se hallen actualmente en España y estén pendientes de la concesión de su permiso de residencia y trabajo, así como de la homologación de su título (Vid. Guía con las preguntas más frecuentes de los profesionales sanitarios extranjeros). - ¿Es el sector sanitario el único en el que se priorizan los expedientes de trabajadores inmigrantes en situación regular ante la crisis del Covid-19?
No. También se está agilizando la tramitación de las autorizaciones de residencia y trabajo a los trabajadores del sector agrario. - ¿Qué trabajadores inmigrantes pueden acceder a la medida anunciada en el Real Decreto-Ley que favorece la contratación temporal en el sector agrario?
Se ha flexibilizado la incorporación de trabajadores inmigrantes al sector agrario en los dos supuestos siguientes:
❖ Trabajadores migrantes en situación regular cuyo permiso de trabajo concluya antes 30 junio.
❖ Jóvenes nacionales de terceros países entre los 18 y los 21 años que se encuentren en situación regular (Vid. ISEM 1/2020).
De acuerdo con el Real Decreto-Ley 13/2020, el acceso de estos trabajadores a esta bolsa de trabajo queda igualmente sujeta a los límites geográficos marcados en dicha norma, para así evitar por el momento una excesiva movilidad. Esto es, los trabajadores deben residir en un municipio limítrofe al lugar de trabajo. - ¿En qué situación administrativa quedarán los jóvenes nacionales de terceros países de entre 18 y 21 años cuando finalice la situación excepcional asociada al Estado de Alarma?
Con la finalidad de velar por su futuro tras la crisis del Covid19 y garantizar su plena inclusión social, estamos monitorizando la situación. En función del número de jóvenes acogidos a la medida y de la evolución del proceso, adoptaremos en las próximas semanas las decisiones normativas necesarias que detallarán el tipo de autorización al que podrán acogerse. - ¿Qué ha ocurrido con las mujeres temporeras de origen marroquí que debían llegar a Huelva?
Debido al establecimiento de restricciones en las fronteras exteriores causado por la crisis del Covid-19, han podido llegar a Huelva 7.028 mujeres temporeras provenientes de Marruecos. Esta es la cifra de trabajadoras cuya llegada se produjo antes de la entrada en vigor del Estado de Alarma.
Entre las medidas de flexibilización arriba mencionadas, se incluye también la relativa a la prórroga de las autorizaciones de trabajo y residencia de dichas trabajadoras (Texto completo).
Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Otras Guías de la SEC:
Normtaiva adoptada por SEM:
- IDGM, CGEyF y CGEEyAC. Prórroga de las estancias de nacionales de terceros estados residentes en la RP China a consecuencia de la emergencia derivada del coronavirus.
- CDGM 18.03.2020. Comunicación a las oficinas de extranjería cómo proceder ante la suspensión de plazos administrativos.
- IDGIAH 20.03.2020. Instrucciones para la gestión del sistema de acogida de protección internacional y de las subvenciones que lo financian.
- ISEM 1/2020. Habilita a trabajar a menores extranjeros en edad laboral.
- IDGM 2/2020. Suspensión de los procedimientos enmarcados en la Orden TMS/1277/2019, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2020.