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Régimen jurídico definitivo de la gestación por sustitución en Portugal.
Autor:
Antonio J. Vela Sánchez
Ciudad:
Madrid
Editorial:
La Ley
Fecha:
04/02/2022
Comentario
Antonio J. Vela Sánchez.: Régimen jurídico definitivo de la gestación por sustitución en Portugal. A propósito de la Ley portuguesa núm. 90/2021, de 16 de diciembre, que contiene el certificado de defunción del convenio gestacional luso·, Diario La Ley, núm. 10003, Sección Doctrina, 4 de febrero de 2022, Wolters Kluwer.
- Resumen: Como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad hecha por el Tribunal Constitucional portugués en 2018 de algunas normas de la Ley de procreación médicamente asistida de 2006, que fueron introducidas por la Ley que regulaba el acceso a la gestación por sustitución de 2016, la nueva Ley 90/2021, de 16 de diciembre, fija el régimen jurídico final del convenio gestacional en el Derecho luso. Entre otras modificaciones, destaca la posibilidad —nefasta para la virtualidad de este convenio procreativo—, de que la mujer gestante pueda revocar su consentimiento hasta el momento de la inscripción del nacido en el Registro Civil y quedarse con él.
El mismo autor sobre la gestación por subrogada en Portugal:
- La gestación por sustitución ya es efectiva en Portugal.
- La gestación por sustitución se permite en Portugal.
- Los vientres de alquiler ya son legales en Portugal.
- El Tribunal Constitucional portugués anula la ley de gestación subrogada.
Algunos comentarios del mismo autor publicados en la misma revista:
Más datos sobre bibliografia (monografias y artículos):