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Pérdida de la nacionalidad española. Interpretación del art. 24.3 CC.
Autor:
Pedro José Vela Torres
Ciudad:
Madrid
Editorial:
La Ley
Fecha:
02/03/2020
Comentario
Pedro José Vela Torres.: “Pérdida de la nacionalidad española. Interpretación del art. 24.3 CC”, Diario La Ley, núm. 9584, Sección Jurisprudencia, 2 de marzo de 2020.
- Resumen: La solicitud de renovación del pasaporte en el Consulado español dentro de los tres años siguientes a la mayoría de edad se considera como una declaración de voluntad de querer conservarla.
Jurisprudencia comentada:
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