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Negociaciones entre Gran Bretaña y la UE sobre las relaciones de la Unión con Gibraltar.
Autor:
José Antonio de Yturriaga Baberán
Ciudad:
Madrid
Editorial:
La Ley
Fecha:
29/10/2021
Comentario
José Antonio de Yturriaga Baberán.: “Negociaciones entre Gran Bretaña y la UE sobre las relaciones de la Unión con Gibraltar”, Diario La Ley Unión Europe, núm. 96, día 29 de octubre de 2021.
- Resumen: El artículo examina la situación en que ha quedado Gibraltar tras el Brtexit en sus relaciones con la Unión Europea, el documento-marco acordado entre España y el Reino Unido sobre el tema, el mandato elaborado al respecto por la Comisión Europea para la negociación entre la Unión y el Reino Unido, las reacciones al mismo y las perspectivas de la negociación entre la UE y Gran Bretaña sobre Gibraltar. Destaca que el mandato negociador es más favorable a España que el entendimiento al que llegó ésta con el Reino Unido, y que el punto clave de la negociación es la negativa británica a que agentes españoles puedan actuar en territorio gibraltareño para aplicar la normativa de Schengen.
Otros comentarios publicados en la misma revista y el mismo día:
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- Pedro Alberto de Miguel Asensio.: “Dónde demandar frente a actividades ilícitas en línea: perspectivas de evolución de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia”. Resumen: Al hilo del asunto C-251/20, Gtflix Tv, pendiente ante el Tribunal de Justicia, se valoran las perspectivas de evolución de su jurisprudencia relativa al lugar de manifestación del daño como criterio atributivo de competencia en demandas relativas a la responsabilidad extracontractual derivada de actividades ilícitas en línea. El mantenimiento de ese criterio combinado con la superación en las situaciones típicas de la mera accesibilidad de los contenidos como elemento suficiente con carácter general para apreciar que en el Estado miembro e cuestión se localiza «el lugar donde se haya producido o pueda producirse el hecho dañoso» a los efectos del art. 7.2º RBIbis se considera que es el enfoque adecuado.
- Georgina Garriga Suau.: “El ejercicio de la acción directa por el perjudicado indirecto contra la aseguradora de responsabilidad civil con un establecimiento en otro Estado miembro”. Resumen: El Tribunal de Justicia confirma la aplicación de las competencias especiales en materia extracontractual (en concreto, los arts. 7.2º y 7.5º del Reglamento 1215/2012) con el fin de que un cesionario del crédito de la persona directamente perjudicada, consistente aquél en un profesional que se dedica al rescate de créditos en el ámbito de contratos de seguro, pueda ejercitar una acción directa contra la entidad aseguradora del responsable de un accidente de tráfico. Descartando con ello la aplicación de la Sección 3ª del Capítulo II del del Reglamento 1215/2012 que establece el sistema autónomo de competencia judicial internacional en materia de seguros.
- Manuel José García Rodríguez.: “Normas mínimas comunes a escala de la Unión Europea para garantizar los derechos de los menores sospechosos o acusados en los procesos penales ¿cómo implementarlas en la ley española de responsabilidad penal del menor? Resumen: La finalidad del presente trabajo es ofrecer una visión general del contenido de la Directiva (UE) 2016/800 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo. Mediante la cual, se persigue establecer unas normas mínimas comunes sobre la protección de los derechos y garantías de los menores sospechosos o acusados en los procesos penales en la Unión Europea, y reforzar la confianza mutua entre los sistemas judiciales de los distintos Estados miembros. Para a continuación delimitar el alcance de cada uno de los derechos reconocidos, valorando en qué medida se contemplan en nuestro ordenamiento, a través de la LO 5/2000, 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (LORPM).
- Carmen Perona Mata.: “El papel de las autoridades en el tratamiento transfronterizo de datos personales”. Resumen: En este artículo se analiza la capacidad de actuación de la autoridad de protección de datos en el Estado en el que el responsable del tratamiento tiene su establecimiento principal, y su competencia para iniciar procedimientos judiciales por infracciones del Reglamento 2016/697 (LA LEY 6637/2016). Para este análisis se ha tenido en cuenta la jurisprudencia reciente del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea: Sentencia TJUE de 13 de mayo de 2014 (Google-España) y STJUE de 15 de junio de 2021 (Facebook Ireland y otros).
Fuente: Diario La Ley Unión Europea, núm. 96, día 29 de octubre de 2021 (Índice completo).
Núms. anteriores:
- núm. 32; núm. 57; núm. 76; núm. 77; núm. 78; núm. 79; núm. 80; núm. 81; núm. 82; núm. 83; núm. 84; núm. 85; núm. 86; núm. 87; núm. 88; núm. 89; núm. 90; núm. 91; núm. 92; núm. 93; núm. 94 y núm. 95.
Bibliografia migrarconderechos: