Informe a la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia: Uso en los procesos de intérpretes no cualificados.

Autor: de Luna Jimenez Praga, Pilar
Ciudad: Madrid
Editorial: La Ley
Fecha: 24/03/2010
Comentario

Fuente: Diario La Ley, núm. 7368, Sección Dictamen, 24 de marzo de 2010.

Resumen:

Mediante este informe se anuncia la vulneración de derechos que se está provocando a los ciudadanos extranjeros que ostentan la condición de imputados con el nombramiento de intérpretes no cualificados por parte de la mercantil Seprotec, para que esta infracción de derechos pueda ser conocida y estudiada por quien corresponda, con el fin de poder adoptar en lo sucesivo las decisiones para preservar la dignidad de los acusados extranjeros, así como la de los intérpretes cualificados que son los profesionales que deberían prestar este servicio.

Vid. También el artículo publicado ese mismo día por la misma autora:

DE LUNA JIMÉNEZ DE PARGA, Pilar.: "El intérprete judicial: ese interlocutor emocional entre el acusado y el juez", Diario La Ley, núm. 7368, Sección Tribuna, 24 Mar. 2010.  Resumen: El intérprete es la persona que da forma a las ideas y deseos del otro. Una especie de actor que ha de interpretar el papel de una persona que puede ser privada de libertad durante muchos años. De ahí la importancia que tiene conocer el verdadero significado de una cosa o equivocarlo. Interpretar correctamente un gesto o desfigurarlo, trasmitir o cambiar su sentido, y saber dar o no el correcto significado a las palabras, actitudes, y gestos del acusado. Traducir palabras es traducir culturas.
 

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