Autorización de Regreso.

Fecha: 29/07/2013

Autorizaciones de regreso: modificaciones legales del Código de Fronteras Schengen que afectan al alcance y validez del documento de “Autorización de Regreso”.


El pasado día 29 de junio de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) núm. 610/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2013 que modifica, entre otros, el Código de fronteras Schengen, -en adelante CFS-, y el Convenio de Aplicación del Acuerdo Schengen, – en adelante CAAS-.

Entre las modificaciones que entraron en vigor el pasado 19 de julio se encuentran las que afectan al alcance y validez del documento que expiden las autoridades españolas, denominado “Autorización de Regreso”.

DE LA VALIDEZ DE LA “AUTORIZACIÓN DE REGRESO” COMO DOCUMENTO VÁLIDO SOLAMENTE PARA EL CRUCE DE FRONTERAS ESPAÑOLAS (Art. 2 apartado 15, párrafo b del CFS).

Tras la modificación del CFS, la autorización de regreso que se expide en España ya no figura como documento válido para el cruce de las fronteras de cualquiera de los Estados Schengen.
En consecuencia, la "autorización de regreso" sólo es válida para el cruce de fronteras Schengen que se realice por los puestos fronterizos españoles.
Ello implica que el extranjero que no disponga de Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en vigor, ha de estar informado de que si pretende entrar en territorio Schengen por otro Estado miembro distinto de España deberá proveerse de visado si éste es exigible por su nacionalidad. Con la autorización de regreso expedida por España, se podrá entrar, en su caso, “directamente” en nuestro país, pero no será válida para entrar en otro país Schengen desde el exterior de dicho Espacio.


Fuente: Nota informativa 12/2013. Subdelegación de Gobierno en Cataluña. Oficina de Extranjeros de Barcelona (archivo asociado).

Otras notas Informativas Oficina de Extranjeros de Barcelona del año 2013:

  • Nota Informativa 12/2013. Autorizaciones de regreso.
  • Nota Informativa 08/2013. Adhesión de Croacia a la Unión Europea.
  • Nota Informativa 07/2013. Tasa de las autorizaciones de trabajo para rumanos y sus familiares. 
  • Nota Informativa 06/2013. Las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales, cuando caducan: ¿se renuevan o se modifican. 
  • Nota Informativa 05/2013. Impacto de los acuerdos de cotización en la Seguridad Social, recogidos en convenios bilaterales de Seguridad Social, sobre las autorizaciones de trabajo para personas extranjeras.
  • Nota Informativa 04/2013. Ampliación de la información de las relaciones de documentación de determinados procedimientos.
  • Nota informativa 02/2013. Prórrogas de las autorizaciones: presentación de solicitudes sin necesidad de pedir cita previa.
  • Nota informativa 01/2013. Nacionales de Rumanía: Prorrogado el período transitorio relativo a la libre circulación de trabajadores i trabajadoras.

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