Auto Audiencia Nacional (Sala de lo Penal, Sección 1ª) de 17 de julio de 2017. Prohibición del uso del «hijab» a interna penada por razón de su relación con el terrorismo islámico.

Tipo: Auto
Localización: Audiencia Nacional
Materia: Derechos y libertades.
Fecha: 17/07/2017
Número de recurso: 195/2017
Ponente: D. Nicolás Poveda Peñas
Sentencia: 530/2017
Comentario:

Auto Audiencia Nacional (Sala de lo Penal, Sección 1ª) de 17 de julio de 2017. Derecho a la libertad religiosa. Prohibición del uso del «hijab» a interna penada por razón de su relación con el terrorismo islámico. Inexistencia de vulneración. Legítima limitación por la autoridad penitenciaria de un pretendido símbolo religioso por razón de seguridad y orden. La prenda oculta parte de la cara y dificulta la identificación. Uso del hijab por la interna como una reivindicación yihadista en labor de radicalización hacia otras internas, que actúa además en detrimento de la finalidad rehabilitadora y reinsentadora de la pena. Voto particular. Diario La Ley, núm. 9062, Sección Jurisprudencia, 17 de octubre de 2017 (Texto completo). ECLI: ES:AN:2017:793A.

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