Auto del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 3 de Palma de Mallorca de 11 de diciembre de 2018. Concede medida cautelar positiva. Permiso de residencia a familiar a una pareja de hecho de ciudadano italiano.

Tipo: Auto
Localización: Juzgados
Materia: Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha: 11/12/2018
Número de recurso: 300/2018
Ponente: D. Pedro Antonio Mas Cladera
Sentencia: 244/2018
Fuente: Nuestra felicitación la letrada del Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife, María Emilia Chiossi y nuestro agradecimiento al letrado del mismo Colegio, Roberto García Fernández.
Comentario:

Auto del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 3 de Palma de Mallorca de 11 de diciembre de 2018. Concede medida cautelar positiva. Permiso de residencia a familiar a una pareja de hecho de ciudadano italiano. Ahora bien, en el presente caso el acto impugnado consiste en el archivo de la solicitud de tarjeta de residencia como familiar de ciudadano comunitario, apreciándose en el escrito de demanda datos a nivel indiciario suficientes para considerar que existe fumus boni iuris, sin que, por otra parte, se haya ofrecido a este juzgador otra información que permita desmentir tales afirmaciones. Por ello, y sin que ello signifique prejuzgar el fondo del asunto, ha de accederse a la medida cautelar solicitada. Por todo lo expuesto, la medida interesada debe ser estimada, suspendiéndose la ejecución del acto impugnado. 

  • Texto completo: archivo asociado.

Otros pronunciamientos del mismo Ponente

Información sobre migración en la CCAA:

Ficheros Asociados

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León