Jurisprudencia
Auto del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 3 de Palma de Mallorca de 11 de diciembre de 2018. Concede medida cautelar positiva. Permiso de residencia a familiar a una pareja de hecho de ciudadano italiano.
Auto del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 3 de Palma de Mallorca de 11 de diciembre de 2018. Concede medida cautelar positiva. Permiso de residencia a familiar a una pareja de hecho de ciudadano italiano. Ahora bien, en el presente caso el acto impugnado consiste en el archivo de la solicitud de tarjeta de residencia como familiar de ciudadano comunitario, apreciándose en el escrito de demanda datos a nivel indiciario suficientes para considerar que existe fumus boni iuris, sin que, por otra parte, se haya ofrecido a este juzgador otra información que permita desmentir tales afirmaciones. Por ello, y sin que ello signifique prejuzgar el fondo del asunto, ha de accederse a la medida cautelar solicitada. Por todo lo expuesto, la medida interesada debe ser estimada, suspendiéndose la ejecución del acto impugnado.
- Texto completo: archivo asociado.
Otros pronunciamientos del mismo Ponente:
- SJCA Mallorca 09.05.2017. Cambio de TFUE a residencia de larga duración.
Información sobre migración en la CCAA:
Ficheros Asociados
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ASJCA_Mallorca_11_12_2018 (122 KB)