Jurisprudencia
Auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 2 de Valladolid de 13 de marzo de 2014. Estima la medida cautelar de suspensión de expulsión con prohibición de entrada por 5 años y deber de abandonar territorio español en un mes.
Auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 2 de Valladolid de 13 de marzo de 2014. Estima la medida cautelar de suspensión de expulsión con prohibición de entrada por 5 años y deber de abandonar territorio español en un mes. El Juzgado deja claro que al comunitario no le resulta de aplicación el régimen sancionador de la LO 4/2000 y sí el RD 240/2007 (art 15.1). En este caso el auto prejuzga la demanda principal al declarar que la conducta del comunitario supone una amenaza real y suficientemente grave para la sociedad española, si bien accede a la medida cautelar solicitada porque se justifica el arraigo familiar, trabajo en RETA y propiedad de viviendas en Valladolid.
Otros casos asesorados por el mismo letrado:
- AJCA Valladolid 19.02.2013. Expulsión: arraigo social.
- SJCA Valladolid 29.05.2013. No expulsión. Arraigo social.
- AJCA Valladolid 12.07.2013. Nulidad del expulsión: Mena.
Más información:
Ficheros Asociados
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AJCA_Valladolid_13_03_2014 (3,18 MB)