Auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 2 de Bilbao de 17 de enero de 2011. Suspensión de ejecución de la orden de expulsión. Se ha acreditado suficiente arraigo en España aunque tiene antecedentes penales.

Tipo: Auto
Localización: Juzgados
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 17/01/2011
Ponente: Dª Fermina Pita Rasilla
Sentencia: 3/2011
Fuente: Nuestro agradecimiento al letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Bilbao D. Jose Mª Pey González.
Comentario:

Auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 2 de Bilbao de 17 de enero de 2011. Concesión de medidas cautelar. Suspensión de ejecución de la orden de expulsión. Se ha acreditado suficiente arraigo en España aunque tiene antecedentes penales. La medida cautelar de suspensíón de la ejecucción de la orden de expulsión procederá cuando la persona afectada acredite suficiente arraigo en España, por razón de intereses familiares, sociales o económicos, lo que daría lugar a que la efectividad de la expulsión produzca al interesado graves perjuicios que afecta a la esfera personal de sus derechos, por lo que ese menoscabo ha de ceder a la inmediata expulsión.

Ficheros Asociados

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León