Jurisprudencia
STJUE (Sala Primera) de 11 de junio de 2015. Competencia para determinar el alcance de los efectos de un procedimiento secundario de insolvencia.
STJUE (Sala Primera) de 11 de junio de 2015. Asunto C‑649/13. Comité d’entreprise de Nortel Networks SA y otros, y Cosme Rogeau e Ian Robert Bloom, Alan Michael Hudson, Stephen John Harris, Christopher John Wilkinson Hill (Comité d’entreprise de Nortel Networks SA y otros). Procedimiento prejudicial. Reglamento (CE) núm. 1346/2000. Artículos 2, letra g), 3, apartado 2, y 27. Reglamento (CE) núm. 44/2001. Cooperación judicial en materia civil. Procedimiento principal de insolvencia. Procedimiento secundario de insolvencia. Conflicto de competencias. Competencia exclusiva o alternativa. Determinación de la ley aplicable. Determinación de los bienes del deudor sujetos al procedimiento secundario de insolvencia. Localización de esos bienes. Bienes situados en un tercer Estado.
En virtud de todo lo expuesto,el Tribunal de Justicia (Sala Primera) declara:
- "Los artículos 3, apartado 2, y 27 del Reglamento (CE) núm. 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, deben interpretarse en el sentido de que los tribunales del Estado miembro en el que se ha abierto un procedimiento secundario de insolvencia son competentes, con carácter alternativo a los tribunales del Estado miembro en el que se ha abierto el procedimiento principal, para determinar los bienes del deudor sujetos a los efectos de ese procedimiento secundario.
- La determinación de los bienes del deudor sujetos a los efectos de un procedimiento secundario de insolvencia debe realizarse conforme a las disposiciones del artículo 2, letra g), del Reglamento núm. 1346/2000".
Procedimiento: