Jurisprudencia
Conclusiones presentadas el 9 de junio de 2016. Concepto de hijo. Padrastro o madrastra. El hijo del cónyuge o de la pareja registrada es beneficiario de prestaciones sociales.
Conclusiones presentadas el 9 de junio de 2016. Abogado General Sr. Melchior Wathelet. Asuntos acumulados C‑401/15, C‑402/15, C‑403/15 (Depesme y Kerrou). Peticiones de decisión prejudicial planteadas por la Cour administrative du Grand-Duché de Luxembourg (Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo del Gran Ducado de Luxemburgo) (Luxemburgo). Procedimiento prejudicial. Libre circulación de personas. Igualdad de trato. Ventajas sociales. Reglamento (UE) núm. 492/2011. Artículo 7, apartado 2. Ayuda económica para estudios superiores. Requisito. Discriminación. Vínculo de filiación. Concepto de “hijo”. Padrastro o madrastra. El hijo del cónyuge o de la pareja registrada es beneficiario de prestaciones sociales.
El Abogado General propone al Tribunal que conteste las cuestiones planteadas en el siguiente sentido:
- "El artículo 45 TFUE y el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (UE) núm. 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, deben interpretarse en el sentido de que un hijo que no tiene un vínculo jurídico con un trabajador migrante pero que es el descendiente del cónyuge (o de la pareja registrada) de este trabajador debe tener la consideración de hijo de dicho trabajador. En tal condición, es el beneficiario indirecto de las ventajas sociales previstas en el artículo 7, apartado 2, del núm. 492/2011, siempre que el trabajador sufrague sus gastos de manutención.
- El requisito de la contribución a la manutención del hijo resulta de una situación de hecho, sin que sea necesario determinar los motivos por los que se recurre a este apoyo ni calcular de forma precisa su cuantía".
Procedimiento:
- Recursos: Asuntos C-401/15, C-402/15, C-403/15
- Conclusiones.
Noticia vinculada:
Otras conclusiones presentadas en el mes de junio:
- Conclusiones 02.06.2016. Libre circulación de trabajadores y requisitos concesión de ayuda económica a los estudios superiores.
- Conclusiones 02.06.2016. Ley aplicable acción cesación y cláusulas abusivas de un contrato. Reglamento Roma I y Roma II.
- Conclusiones 02.06.2016. Obligación de incluir en la ODE información relativa a la existencia de una orden de detención.
- Conclusiones 09.06.2016. Efectos de la lex concursus sobre crédito fiscal no incluido en el procedimiento y ejecutado en otro EM.