Jurisprudencia
STJUE (Sala Segunda) de 1 de octubre de 2014. Cese de la prórroga de competencia en el art. 12.3 del Reglamento 2201/2003 (Bruselas II) al recaer resolución firme.
Tipo:
Sentencia
Localización:
Tribunal de Justicia
Materia:
Menores
Fecha:
01/10/2014
Número de recurso:
C-436/13
Comentario:
STJUE (Sala Segunda) de 1 de octubre de 2014. Asunto C-436/13. E y B (E). Procedimiento prejudicial. Espacio de libertad, seguridad y justicia. Cooperación judicial en materia civil. Reglamento (CE) núm. 2201/2003. Artículos 8, 12 y 15. Prórroga de la competencia en favor de un órgano jurisdiccional del Estado miembro de residencia del padre de ese menor. Alcance. La prórroga de competencia prevista en el art. 12.3 Reglamento Bruselas II se extingue al recaer resolución firme.
En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Segunda) declara:
- "La competencia en materia de responsabilidad parental, prorrogada, en virtud del artículo 12, apartado 3, del Reglamento (CE) núm. 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1347/2000, en favor de un órgano jurisdiccional de un Estado miembro ante quien los titulares de la responsabilidad parental han incoado de común acuerdo un procedimiento, se extingue al recaer una resolución firme en el marco de dicho procedimiento".
Jurisprudencia sobre el Reglamento 2201/2003: