STJUE (Sala Primera) de 26 de marzo de 2015. Concepto de “trabajador”. Persona discapacitada. Derecho a vacaciones anuales retribuidas. Normativa nacional contraria al Derecho UE.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 26/03/2015
Número de recurso: C‑316/13
Comentario:

STJUE (Sala Primera) de 26 de marzo de 2015. Asunto C‑316/13. Gérard Fenoll y Centre d’aide par le travail «La Jouvene», Association de parents et d’amis de personnes handicapées mentales (APEI) d’Avignon. Procedimiento prejudicial. Política social. Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Artículo 31, apartado 2. Directiva 2003/88/CE. Artículo 7. Concepto de “trabajador”. Persona discapacitada. Derecho a vacaciones anuales retribuidas. Normativa nacional contraria al Derecho de la Unión. Función del juez nacional.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Primera) declara:

  • “El concepto de «trabajador» a efectos del artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, y del artículo 31, apartado 2, de la  Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea debe interpretarse en el sentido de que puede comprender a una persona admitida en un centro de ayuda mediante el trabajo, como el del asunto principal”.

Procedimento:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León