Jurisprudencia
STJUE (Sala Primera) de 17 de noviembre de 2011. Ley aplicable a las obligaciones extracontractuales. Reglamento (CE) núm. 864/2007. Ámbito de aplicación ratione temporis.
Tipo:
Sentencia
Localización:
Tribunal de Justicia
Materia:
Obligaciones extracontractuales
Fecha:
17/11/2011
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Número de recurso:
C-412/10
Comentario:
STJUE (Sala Primera) de 17 de noviembre de 2011. Asunto C-412/10. Deo Antoine Homawoo y GMF Assurances SA. Homawoo. Cooperación judicial en materia civil. Ley aplicable a las obligaciones extracontractuales. Reglamento (CE) núm. 864/2007. Ámbito de aplicación ratione temporis.
En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) declara:
- "Los artículos 31 y 32 del Reglamento (CE) núm. 864/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales («Roma II»), puestos en relación con el artículo 297 TFUE, deben interpretarse en el sentido que un órgano jurisdiccional nacional está obligado a aplicar este Reglamento únicamente a los hechos, generadores de daño, que se produzcan a partir del 11 de enero de 2009 y que no influyen en la delimitación del ámbito de aplicación temporal de este Reglamento la fecha en que se inicie el procedimiento de reclamación de indemnización ni la fecha en que el órgano jurisdiccional que conozca del asunto determine la ley aplicable".
Procedimiento: