Conclusiones presentadas el 7 de marzo de 2018. . Solicitud tarjeta residencia de familiar ciudadano UE, plazo de seis meses para adoptar y notificar la resolución. Consecuencias del incumplimiento del plazo.

Tipo: Conclusiones
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha: 07/03/2018
Comentario:

Conclusiones presentadas el 7 de marzo de 2018. Abogado General Sr. Yves Bot. Asunto C‑246/17 (Diallo). Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Consejo de Estado, actuando como Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo) (Bélgica). Procedimiento prejudicial. Derechos de los ciudadanos de la Unión de circular y residir libremente en el territorio de un Estado miembro. Solicitud de tarjeta de residencia en calidad de familiar. Directiva 2004/38/CE. Artículo 10, apartado 1. Plazo de seis meses. Adopción y notificación de la resolución. Consecuencias del incumplimiento del plazo. Interrupción y suspensión del plazo. Solicitud tarjeta residencia de familiar ciudadano UE, plazo de seis meses para adoptar y notificar la resolución. Consecuencias del incumplimiento del plazo.

El Abogado General propone al Tribunal que conteste las cuestiones planteadas en el siguiente sentido:

  • "1) La resolución de denegación de tarjeta de residencia en virtud del artículo 10, apartado 1, de la  Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, por la que se modifica el Reglamento (CEE) n.º 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE, debe ser adoptada en el plazo de seis meses establecido por dicha disposición, pero puede ser notificada con posterioridad a dicho plazo.
  • 2) El artículo 10, apartado 1, de la Directiva 2004/38 no permite que el hecho de sobrepasar el plazo de seis meses tenga como consecuencia la concesión automática de la tarjeta de residencia sin que se haya comprobado si el solicitante reúne efectivamente los requisitos exigidos para poder acogerse al derecho de residencia.
  • 3) Tras la declaración judicial de nulidad de una resolución de denegación de la expedición de una tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión en virtud del artículo 10, apartado 1, de la Directiva 2004/38, la autoridad nacional competente dispone de la totalidad del plazo de seis meses establecido por dicha disposición para adoptar una nueva resolución".

Procedimiento:

Otras decisiones adoptadas en el TJUE en el mes de marzo de 2018:

  • STJUE 07.03.2018. R 44/2201: art. 22.2. Competencia exclusiva en acción para apreciar carácter razonable contraprestación por transmisión obligatoria a accionista mayoritario de títulos de los accionistas minoritarios.
  • STJUE 07.03.2018. Una compañía aérea que opere solo en el primer tramo de un vuelo de conexión en un Estado miembro puede ser demandada ante los tribunales del destino final en otro Estado miembro para obtener compensación por retrasos.
  • STJUE 08.03.2018. Una cláusula de sumisión estipulada en las condiciones generales de venta mencionadas en diversas facturas emitidas por una parte contratante no es válida para el R 1215/2012.
  • Conclusiones 07.03.2018. Determinación del órgano jurisdiccional competente. Competencia en contratos de trabajo: empresario demandado ante los tribunales de su domicilio y reconvención del empresario.
  • Conclusiones 08.03.2018. Notificación de un crédito a una persona después de expedición de la petición de cobro mediante un instrumento uniforme que permite la adopción de medidas de ejecución.
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León