STJUE (Sala Tercera) de 8 de noviembre de 2012. Libre circulación de nacionales de terceros países: límites al derecho de residencia basado en un nacional de la UE.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha: 08/11/2012
Comentario:

STJUE (Sala Tercera) de 8 de noviembre de 2012. Asunto C-40/11. Yoshikazu Iida contra Stadt Ulm. Artículos 20 TFUE y 21 TFUE. Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Artículo 51. Directiva 2003/109/CE. Nacionales de terceros países. Derecho de residencia en un Estado miembro. Directiva 2004/38/CE. Nacionales de terceros países miembros de la familia de ciudadanos de la Unión. Ciudadano de un tercer país que no acompaña a un ciudadano de la Unión ni se reúne con él en el Estado miembro de acogida y que permanece en el Estado miembro de origen del ciudadano. Derecho de residencia del nacional de un tercer país en el Estado miembro de origen de un ciudadano que reside en otro Estado miembro. Ciudadanía de la Unión.  Derechos fundamentales.

 En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Tercera) declara:

  • "Fuera de las situaciones reguladas por la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, por la que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE, y cuando tampoco existe otro elemento de conexión con las disposiciones del Derecho de la Unión en materia de ciudadanía, un nacional de un tercer país no puede invocar un derecho de residencia derivado de un ciudadano de la Unión".

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