Conclusiones presentadas el 19 de mayo de 2011. Igualdad de trato en materia de empleo y de trabajo. Prohibición de discriminación por razón de la edad. Proporcionalidad.

Tipo: Conclusiones
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 19/05/2011
Número de recurso: C‑447/09
Comentario:

Conclusiones presentadas el 19 de mayo de 2011. Abogado General Sr. Pedro Cruz Villalón. Asunto C‑447/09. Reinhard Prigge, Michael Fromm, Volker Lambach contra eutsche Lufthansa AG. Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesarbeitsgericht (Alemania). Igualdad de trato en materia de empleo y de trabajo. Directiva 2000/78/CE. Prohibición de discriminación por razón de la edad. Artículo 2, apartado 5. Artículo 4, apartado 1. Artículo 6, apartado 1. Artículos 21 y 28 de la Carta de Derechos Fundamentales. Convenio colectivo que prevé la extinción a los 60 años de la relación laboral (“jubilación forzosa”) en el caso de los pilotos de una compañía aérea. Seguridad aérea. Autonomía de la negociación colectiva. Requisitos profesionales esenciales y determinantes. Política social. Proporcionalidad.

En conclusión, propongo al Tribunal de Justicia que responda a la pregunta planteada por el Bundesarbeitsgericht (Alemania) en los siguientes términos:

  • “La Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, y en particular sus artículos 2, apartado 5, 4, apartado 1, y 6, apartado 1, interpretada a la luz del artículo 21 de la Carta de Derecho Fundamentales de la Unión Europea, se opone a que, a través de un convenio colectivo, se disponga la extinción automática de la relación laboral de los pilotos de una compañía aérea comercial al alcanzar los 60 años de edad”.

Procedimiento:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León