Resolución dictada por el Consulado de Casablanca de 18 de diciembre de 2015. Denegación de visado para estancia de corta duración.

Tipo: Resoluciones
Localización: Otros
Materia: Visado
Fecha: 18/12/2015
Fuente: Nuestro agradecimiento a la letrada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Susana Cuadron Ambite.
Comentario:

Resolución dictada por el Consulado de Casablanca de 18 de diciembre de 2015. El tenor lteral prueba de cómo motivan las denegaciones de visado en algunos de nuestros Consulados. En este caso concreto la solicitante del visado quería venir a visitar a su hija y nietos, todos ellos de nacionalidad española habiendo presentado carta de invitación y todos los medios económicos de su hija y el esposo de ella, que tienen una empresa en España. Además, se aporta que su hija además tiene recursos económicos en su cuenta bancaria junto con su esposo que está jubilado y percibe una pensión. Ambos son propietarios de una vivienda en Marruecos. La solicitante, además tiene otro hijo en España y otro más en Marruecos que estudia en la Universidad.

Otras denegaciones de visado por el mismo consulado:

Ficheros Asociados

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León