Jurisprudencia
Res. DGRN 122ª de 28 de agosto de 2015. Pérdida de nacionalidad española de origen por el art. 24.3 Cc.
Tipo:
Resoluciones
Localización:
Dirección General de los Registros y del Notariado
Materia:
Pérdida de la nacionalidad
Fecha:
28/08/2015
Fuente:
Nuestro agradecimiento y felicitación a la letrada, del Ilustre Colegio de Abogados de Granada, Suzana María García Staehler.
Comentario:
Res. DGRN 122ª de 28 de agosto de 2015. Pérdida de nacionalidad española de origen por el art. 24.3 Cc. Los Consulados están aplicando el art. 24.3 de pérdida de nacionalidad española de origen por falta de declaración de conservación. Se mantiene la nacionalidad española porque el interesado vivia en España.
Otros casos asesorados por la misma letrada:
- STSJ Andalucía 29.10.2012. Arraigo con antecedentes penales.
- STSJ Andalucía 05.11.2012. 2ª renovación para larga duración.
- STSJ Andalucía 22.09.2014. Multa familiar UE: reducción a 301 Euros.
- SJCA Granada 17.04.2015. Larga duración con antecedentes penales.
Ficheros Asociados
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RDGRN_28_08_2015 (174 KB)