Jurisprudencia
Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Bizkaia de 14 de octubre de 2016. Denegación de residencia por arraigo social: caducidad de penales y no legalización.
Tipo:
Resoluciones
Localización:
Otros
Materia:
Autorización de residencia no laboral
Fecha:
14/10/2016
Fuente:
Nuestro agradecimiento al letrado del Ilustre Colegio de Abogados del Señorío de Bizkaia y Presidente de CEAR Euskadi, Javier Galparsoro García.
Comentario:
Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Bizkaia de 14 de octubre de 2016. Desestima recurso de reposición frente a denegación de autorización de residencia por arraigo social. Reinterpreta caducidad del certificado de antecedentes penales del país de origen computando plazo máximo de vigencia de 3 meses a contar desde la fecha de expedición del documento, y no de legalización por parte del consulado/embajada de España, en base a los denominados “genéricos 1/2010 y 24/2010” (comunicaciones internas y secretas de la Secretaria General de Inmigración y Emigración a Subdelegados, Delegados del Gobierno, y Oficinas de Extranjería unificando criterios o resolviendo dudas)
- Texto completo (archivo asociado).
Otras resoluciones de la misma subdelegación:
- RSG Bizkaia 16.09.2014. Concesión de residencia de larga duración tras cancelacion antecedentes penales.
- RSG Bizkaia 21.07.2015. Concede por arraigo social.
- RSG Bizkaia 28.07.2015. Deniega residencia por razones humanitarias.
- RSG Bizkaia 16.09.2015. Denegación de arraigo social por cuenta propia por no presentar seguro de responsabilidad civil.
- RSG Bizkaia 06.05.2016. Denegación autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social en modalidad de trabajo por cuenta propia.
Ficheros Asociados
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RSG_Bizkaia_14_10_2016 (732 KB)