Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Bizkaia de 14 de octubre de 2016. Denegación de residencia por arraigo social: caducidad de penales y no legalización.

Tipo: Resoluciones
Localización: Otros
Materia: Autorización de residencia no laboral
Fecha: 14/10/2016
Fuente: Nuestro agradecimiento al letrado del Ilustre Colegio de Abogados del Señorío de Bizkaia y Presidente de CEAR Euskadi, Javier Galparsoro García.
Comentario:

Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Bizkaia de 14 de octubre de 2016. Desestima recurso de reposición frente a denegación de autorización de residencia por arraigo social. Reinterpreta caducidad del certificado de antecedentes penales del país de origen computando plazo máximo de vigencia de 3 meses a contar desde la fecha de expedición del documento, y no de legalización por parte del consulado/embajada de España, en base a los denominados “genéricos 1/2010 y 24/2010” (comunicaciones internas y secretas de la Secretaria General de Inmigración y Emigración a Subdelegados, Delegados del Gobierno, y Oficinas de Extranjería unificando criterios o resolviendo dudas)

  • Texto completo (archivo asociado).

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