Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala 3ª. Sección 6ª) de 11 de octubre de 2018. Denegada la nacionalidad por residencia a extranjera que desconocía cuestiones básicas de nuestra sociedad como qué se celebra en Navidad.

Tipo: Sentencia
Localización: Audiencia Nacional
Materia: Adquisición de la nacionalidad
Fecha: 11/10/2018
Número de recurso: 613/2017
Ponente: D. Francisco de la Peña Elías
Comentario:

Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala 3ª. Sección 6ª) de 11 de octubre de 2018Nacionalidad española: adquisición por residencia. Denegación a nacional de Marruecos. No justifica suficiente grado de integración en la sociedad española. Las contestaciones a las preguntas formuladas en el examen de integración ponen de manifiesto su escaso interés por integrarse en la cultura de nuestro país. Declara que no ha leído ningún libro en español, pues sólo lee libros en árabe, y desconoce cuestiones que han de resultar básicas para quien pretende adquirir la nacionalidad española y ejercer los plenos derechos civiles que ello comporta, como el saber en qué Comunidad Autónoma vive. Diario La Ley, núm. 9321, de 19 de diciembre 2018.


Fuente: © Diario La Ley; ECLI: ES:AN:2018:3916.

Doctrina relacionada:

Otras decisiones del mismo magistrado:

  • SAN 19.06.2017. La sanción por dopaje debe ser reconocida en España para poder desplegar sus efectos.
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