Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala 3ª. Sección 3ª) de 14 de noviembre de 2013. Concesión de la nacionalidad española a armenio sin necesidad de aportar certificado de antecedentes de su país de origen.

Tipo: Sentencia
Localización: Audiencia Nacional
Materia: Adquisición de la nacionalidad
Fecha: 14/11/2013
Número de recurso: 536/2012
Ponente: D. José Félix Méndez Canseco
Sentencia: 4860/2013
Fuente: Cendoj.
Comentario:

Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala 3ª. Sección 3ª) de 14 de noviembre de 2013. Naturalización por residencia. Concesión de la nacionalidad española a armenio sin necesidad de aportar certificado de antecedentes penales de su país de origen. Denegación de la nacionalidad española. Requisito de la buena conducta cívica. Justificación. 
 

Fundamentos de Derecho:

  • “Por todo lo expuesto, considerando además el hecho de que el recurrente llegó a España a la edad de 8 años y que hasta la actualidad no consta haya viajado durante todo este tiempo a Armenia, debe concluirse que necesariamente ha de carecer de antecedentes penales en su país de origen, razón por la cual, acreditada la buena conducta cívica del recurrente en España y la concurrencia de los requisitos establecidos legalmente, laresolución administrativa recurrida no se ajusta al ordenamiento jurídico en cuanto denegó la nacionalidad española solicitada con fundamento en la no presentación de una documentación que si bien está prevista reglamentariamente, no es un requisito legal tasado por el Código Civil para acreditar la buena conducta cívica ni resulta necesaria en el caso del recurrente, cuya residencia en España desde los 8 años de edad sustenta la presunción no desvirtuada de que carece de antecedentes penales en su país de origen” (Texto completo). 

Otras decisiones dictadas por el mismo magistrado sobre la misma materia:

 

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