Jurisprudencia
Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso Administrativo-Administrativo. Sección 3ª) de 14 de febrero de 2017. Denegación de concesión de nacionalidad española por antecedentes penales. Delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso Administrativo-Administrativo. Sección 3ª) de 14 de febrero de 2017. Denegación de concesión de nacionalidad española por antecedentes penales. Delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Necesidad de precisar el concepto «buena conducta cívica» que utiliza el artículo 22.4 del Código Civil. ....Así, en efecto, no basta para el éxito de la pretensión actora con la ausencia o cancelación de antecedentes penales o policiales, pues, lo que el artículo 22 del Código Civil exige es que el solicitante justifique positivamente que su conducta es conforme a las normas de convivencia cívica, debiendo recordarse que en el supuesto que ahora nos ocupa la petición de la nacionalidad se produjo el 21-7-2011 y que el recurrente había sido condenado por sentencia firme de 10-11-2008 por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, cuyos antecedentes penales todavía no estaban cancelados en aquella fecha de solicitud de la nacionalidad (por el recurrente se ha presentado un acuerdo de cancelación de los mismos de 10-6-2014).
Fuente: Poder Judicial.es.
Otras decisiones sobre la misma dictadas por el mismo magistrado-ponente:
- SAN 17.09.2009, SAN 12.04.2011, SAN 02.04.2012, SAN 24.09.2012, SAN 16.04.2013, SAN 22.12.2015, SAN 19.01.2016 y SAN 07.06.2016.
Bibliografía:
- Álvarez Rodríguez, Aurelia.: Nociones básicas de registro civil y problemas frecuentes en materia de nacionalidad, Madrid, GPS, octubre 2015.