Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 2ª) de 16 de octubre de 2014. Concede apatridia a saharaui.

Tipo: Sentencia
Localización: Audiencia Nacional
Materia: Apátridas
Fecha: 16/10/2014
Número de recurso: 243/2013
Ponente: Dña. Felisa Atienza Rodríguez
Sentencia: 3838/2014
Fuente: Con nuestro agradecimiento a la letrada del Ilustre Colegio de Abogados del Señorio de Bizkaia y directora de CEAR Euskadi, Patricia Bárcena García.
Comentario:

Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 2ª) de 16 de octubre de 2014. Desestimación presunta del reconocimiento de la condición de apátrida. Prueba suficiente del presupuesto para la concesión (no ser reconocido como nacional suyo por ningún Estado), pues la interesada aportó certificación de la autoridad saharaui sobre su condición y su residencia en los campamentos de refugiados y, en fase de prueba, laembajada de Argelia en Madrid ha constatado que no es nacional suyo. La inexistencia del certificado de MINURSO no tiene el alcance defendido por la Administración, siempre que el interesado acredite, como acontece en autos, su origen saharaui, su residencia en los campamentos de refugiados y la falta de reconocimiento de su nacionalidad por otro Estado (Texto completo).

Otros casos defendidos por la misma letrada:

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