Jurisprudencia
SAN (Sala 3ª. Sección 3ª) de 27 de octubre de 2016. Concesión nacionalidad española después de 6 meses fuera de España sin acreditar motivo ausencia.
SAN (Sala 3ª. Sección 3ª) de 27 de octubre de 2016. Concesión nacionalidad española después de 6 meses fuera de España sin acreditar motivo ausencia. Nacionalidad española. Adquisición por residencia. Persona que permaneció casi seis meses fuera de España dentro del periodo de los dos años anteriores a la solicitud de la nacionalidad, sin acreditar el motivo de su ausencia. La efectividad y continuidad de la residencia deriva de la fijación real de domicilio en España yla vinculación al territorio en cuanto al medio de vida, desarrollo de las relaciones personales, familiares, sociales, administrativas y demás que conforman el régimen de vida del interesado, que no se desvirtúan por el hecho de que, sin desvincularse de tal relación con el territorio, haya de permanecer en el extranjero por razones de trabajo o estudios. Cabe tener en cuenta los elementos de arraigo, anteriores y posteriores a la misma, de tal forma que España sea el centro de sus relaciones en una perspectiva de vinculación como la que implica la nacionalidad. Iustel. Diario Del Derecho, 22 mayo 2017, sección Jurisprudencia.
Fuente: Poder Judicial.es. SAN 4012/2016 - ECLI: ES:AN:2016:4012.
Otras decisiones sobre la misma materia y resueltas por la misma Ponente:
- SAN 06.02.2008, STS 31.01.2013, STS 03.10.2013, SAN 18.09.2014, SAN 18.12.2014, SAN 15.01.2015, SAN 30.04.2015, SAN 10.09.2015, SAN 03.12.2015, SAN 26.05.2016, SAN 07.07.2016, SAN 20.10.2016 y SAN 06.04.2017.
Bibliografía:
- Álvarez Rodríguez, Aurelia.: Nociones básicas de registro civil y problemas frecuentes en materia de nacionalidad, Madrid, GPS, octubre 2015.