Sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 6 de Barcelona de 2 de diciembre de 2020. Concede residencia familiar de ciudadano UE a un ghanés, descendiente de ciudadano que obtuvo la nacionalidad española, y del que depende económicamente.

Tipo: Sentencia
Localización: Juzgados
Materia: Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha: 02/12/2020
Número de recurso: 487/2019
Ponente: Dña. Ibone Liz Bello
Sentencia: 235/2020
Fuente: Nuestro agradecimiento y felicitación a la letrada del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona, Victoria Viñamata Serra y a su compañero de despacho Antonio Segura García-Consuegra.
Comentario:

Sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 6 de Barcelona de 2 de diciembre de 2020. Procedimiento abreviado. Se concede la autorización de residencia cómo familiar de ciudadano de la UE a un ghanés, descendiente de ciudadano que obtuvo la nacionalidad española, y del que depende económicamente. El Juzgado hace una interpretación de la legislación vigente y del concepto “vivir a cargo” basándose en la normativa interna y en la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de febrero de 2016 y del mismo Tribunal, de fecha 13 de febrero de 2012. Nombra también Sentencia de 19 de octubre de 2004 del TJUE y concluye que de la documentación obrante en el expediente se desprende la efectiva dependencia del interesado con su progenitor. Se trata de una decisión similar a la STSJ Cataluña de 24 de noviembre de 2020, pero con argumentación, muy estricta y certera (Texto completo: archivo asociado).

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