Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 14 de Barcelona de 10 de marzo de 2016. Se concede TFUE a colombiana madre de española. Familiar de ciudadano de la UE a cargo.

Tipo: Sentencia
Localización: Juzgados
Materia: Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha: 10/03/2016
Ponente: D. Manuel Alcover Povo
Sentencia: 65/2016
Fuente: Fuente: Nuestro agradecimiento y felicitación a la letrada del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona, Victoria Viñamata Serra y a su compañero de despacho Antonio Segura García-Consuegra.
Comentario:

Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 14 de Barcelona de 10 de marzo de 2016. Se concede TFUE a colombiana madre de española. Familiar de ciudadano de la UE a cargo. Denegación de la renovación de tarjeta de familiar de la UE a colombiana madre de española por entender, pese a todas las pruebas aportadas, que no existía dependencia económica. Es significativo que en su día el Consulado de España en Bogotá le dio el visado a esa señora vista la documentación presentada, no obstante lo cual aquí se le denegó la residencia. El juzgador considera que de la documentación obrante en la demanda se desprende suficientemente que la demandante vive a cargo de su hija española. En primer lugar por las sumas de dinero que fueron enviadas por su hija cuando ella vivía en su país, suficientes y regulares durante el último año. Además,la actora residía en una vivienda propiedad de su hija y no consta que contara con otros allegados, viviendo actualmente con su familia en España. Añade además la Sentencia que constan pagos que realiza la hija de la interesada a favor de su madre y que no consta que ésta haya desarrollado ninguna actividad profesional en España. Todo ello, además de diversas patologías que afectan a la demandante, no puede llevar más que a admitir que ésta se encuentra a cargo de su hija, y que procede ser documentada como familiar de ciudadano de la UE. Obrando toda esta documentación en el expediente que tenía la Administración, parece complejo entender que se llegara a la conclusión de que la demandante no estaba a cargo de su hija. Aunque ahora se ha visto resarcido su derecho, ello le ha llevado mucho tiempo de espera, y muchas frustraciones y desasosiegos tanto a ella como a su hija.

Datos a tener en cuenta:

  • Se están denegando muchas solicitudes de tarjeta de residencia de familiares de ciudadano comunitario a ascendientes de españoles, por indicarse que aquellos no viven a cargo de sus hijos. En muchos casos, es una vez llegan aquí esos familiares directos y solicitan en Subdelegación del Gobierno la correspondiente tarjeta, que ésta se les deniega por señalar que no se encuentran a cargo del ciudadano de la UE (Vid. STS 23.02.2016). .

Otros casos asesorados por la letrada Victoria Viñamata Serra:

Decisiones en las que ha intervenido el despacho Antonio Segura García-Consuegra:

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