Jurisprudencia
Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 15 de Barcelona de 12 de marzo de 2015. TRFUE Permanente sin necesidad de recursos económicos.
Tipo:
Sentencia
Localización:
Juzgados
Materia:
Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha:
12/03/2015
Número de recurso:
241/2014-F
Sentencia:
56/2015
Fuente:
Nuestra felicitación a la letrada del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona, Antonia Moyano Mata.
Comentario:
Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 15 de Barcelona de 12 de marzo de 2015. En el fallo se considera que las resoluciones no están bien argumentadas y las anula y les pide que resuelvan conforme a derecho, pero lo mejor es que admite claramente que el artículo 7 del RD 240/2007 no es de aplicación a las permanentes por recogerlo expresamente.
Otras decisiones positivas en esta materia:
- SJCA Tenerife 04.02.2015. Concede residencia permanente a familiares UE aún no contando con medios económicos.
- SJCA Tenerife 11.02.2015. Residencia cónyuge español: no medios económicos.
- SJCA Girona 26.02.2015. Cónyuge de español. No medios de vida.
Resoluciones denegatorias:
- Res.Sub. Gob. Bizkaia 27.02.2015. Deniega la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE.
- Res.Delegación Gob. Baleares 10.03.2015. Deniega la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE.
Ficheros Asociados
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SJCA_Barcelona_12_03_2015 (1,39 MB)