Jurisprudencia
Sentencia Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 3 de Bilbao de 22 de noviembre de 2013. Concede reagrupación familiar niña marroquí como heredera tanzil.
Sentencia Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 3 de Bilbao de 22 de noviembre de 2013. Estima recurso y concede tarjeta de residencia temporal por reagrupación familiar en favor de menor marroquí, acogida como heredera tanzil (articulo 149 del Código de familia marroquí) por sus tíos carnales, tras resolución favorable de la Subdelegación del Gobierno en Bizkaia, al amparo del art. 17.c) de la Ley de extranjería, en relación con el articulo 39.c) de su Reglamento. Pese a resolución favorable, el consulado de España en Rabat denegó el visado de reagrupación en favor de la menor aduciendo que no era familiar reagrupable. La menor reagrupada pudo conseguirlo finalmente a través del consulado de Francia en Rabat, y así entro por puesto fronterizo español, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento 767/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio, sobre el sistema de información de visados e intercambio de datos de visado entre estados miembros. La sentencia es firme
Otras decisiones dictadas por el mismo juez-magistrado:
- AJCA Bilbao 14.12.2009. Suspensión expulsión.
- SJCA Bilbao 20.07.2011. Arraigo social.
- SJCA Bilbao 20.07.2011. Extinción de autorización de trabajo.
- SJCA Bilbao 06.10.2011. Sustitución de expulsión por multa.
- AJCA Bilbao 18.10.2011. No adelantamiento de procedimiento sobre residencia nacionales de la UE.
- AJCA Bilbao 10.04.2013. Residencia por arraigo social con exención del requisito de contar con un contrato de trabajo.
Ficheros Asociados
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SJCA_Bilbao_22_11_2013 (1,78 MB)