Jurisprudencia
Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Bilbao de 29 de noviembre de 2017. Sustituye expulsión y prohibición de entrada por multa.
Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Bilbao de 29 de noviembre de 2017. Examina la excepción prevista a la expulsión en el art. 57.5.d de la Ley de Extranjeria (al ser el demandante perceptor de la Renta de Garantía de Ingresos). El Juzgador examina y aplica la doctrina de la Sala Segunda del TSJ del País Vasco que en su Sentencia nº 17/2017, de 17 de enero, analiza la incidencia de la Directiva de Retorno frente a la validez de la expulsión, entendida como decisión de retorno. Estima, en consecuencia, parcialmente el recurso interpuesto contra resolución de la Subdelegacion del Gobierno en Vizcaya y sustituye la expulsión decretada ex art. 53.1.a) LOEx, por multa en grado mínimo (501€). Rechaza las alegaciones vertidas respecto a la inadecuación del procedimiento sancionador seguido por la Brigada de Extranjeria (preferente frente al ordinario), así como la de identificación basada en perfiles etnicos, en virtud de las cuales se sostenía la nulidad del expediente administrativo. Igualmente, como elemento negativo añadido a la estancia irregular, la Abogacía del Estado alegaba el incumplimiento de la salida obligatoria impuesta por resolución anterior denegando la autorización de residencia y trabajo por arraigo social (cuenta propia).
Otras decisiones del mismo Magistrado-Juez:
- AJCA Bilbao 18.01.2017. Estima parcialmente recurso frente resolución de Subdelegación de Gobierno en Bizkaia denegatoria de autorización residencia de larga duración.Se suspende la expulsión.
Ficheros Asociados
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SJCA_Bilbao_29_11_2017 (528 KB)