Jurisprudencia
Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Córdoba de 10 de febrero de 2016. Se deja sin efecto la resolución por la que se denegaba la autorización de tarjeta de residencia permanente de familiar de español.
Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Córdoba de 10 de febrero de 2016. Solicitud de TFUE permanente dos años después de haber caducado el certificado inicial; el Juzgado estima el recurso, al no ser causa de denegación la presentación extemporánea, toda vez que se trata de un derecho declarativo y no constitutivo. Se deja sin efecto la resolución por la que se denegaba la autorización de tarjeta de residencia permanente de familiar de español. La presentación extemporánea de la solicitud de TFUE permanente no es causa de denegación al tratarse de un derecho declarativo y no constitutivo. La tarjeta residencia inicial familiar comunitario caducó el día 30/11/2012 y presentó la solicitud de TFUE permanente el día 16/04/2015.
Otras decisiones dictadas por el mismo magistrado-juez D. Antonio Jesús Pérez Jiménez:
- STSJ Andalucía 10.12.2010. Denegación de tarjeta de residencia en régimen comunitario.
- SJCA Cordoba 07.03.2014. Anula la multa impuesta tras la revocación del expediente de expulsión.
Otras decisiones asesoradas por la letrada Dña. Lucía Salamanca Peña:
- SJCA Cordoba 06.02.2013. Se deja sin efecto la resolución por la que se denegaba la autorización de TRFUE.
Ficheros Asociados
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