Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 14 de Sevilla de 20 de diciembre de 2013. Autorización de residencia por arraigo social sin tener en cuenta los medios económicos de la empresa.

Tipo: Sentencia
Localización: Juzgados
Materia: Autorización de residencia no laboral
Fecha: 20/12/2013
Ponente: Dña. Mª Jesús Nombela de Lara
Sentencia: 370/2013
Fuente: Nuestro agradecimiento y felicitación a los letrados del Ilustre Colegio de Abogados de Sevida, Antonio Mª García Jiménez y a José Luís Guerrero.
Comentario:

Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 14 de Sevilla de 20 de diciembre de 2013. Autorización de residencia por arraigo social sin tener en cuenta los medios económicos de la empresa. Estima recurso contra la denegación de residencia por arraigo, al entender que los medios económicos de la empresa no son responsabilidad del solicitante, y por ende no son requisitos exigibles al trabajador. Lo interesante de la sentencia no es solo esto, sino que además recoge ampliamente la más reciente jurisprudencia del TSJA al respecto; la empresa oferente además estaba siendo inspeccionada por la Inspección de Trabajo por tener trabajadores en alta sin prestación de trabajo, lo cual se demostró incluso; pese a todo ello, el Juzgado entiende que nada de ello es óbice para otorgar la residencia por arraigo, imponiendo además las costas a la Administración.

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