Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 2 de Santa Cruz de Tenerife de 12 de marzo de 2015. Cambio de expulsión por multa.

Tipo: Sentencia
Localización: Juzgados
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 12/03/2015
Ponente: D. Francisco Eugenio Úbeda Tarajano
Sentencia: 60/2015
Fuente: Nuestra felicitación a la letrada el Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife, Ana María Cabrera Mesa y nuestro agradecimiento al letrado del mismo Colegio, Roberto García Fernández.
Comentario:

Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 2 de Santa Cruz de Tenerife de 12 de marzo de 2015. Cambio de expulsión por multa.  En el supuesto el apelante si estaba documentado, pues consta el pasaporte en el expediente; y dado que en la resolución impugnada no se hace referencia a ninguna otra circunstancia o elemento negativo que pudiera motivar la sanción de expulsión en lugar de la de multa, se hacía preciso bucear en dicho expediente para ver si existía otros elementos negativos, y en dicha tarea, no encontramos las citadas circunstancias negativas que justifiquen la sanción de expulsión y entendemos que no lo es la "entrada clandestina "en España, en primer lugar porque en ningún caso lo ha reconocido el Tribunal Supremo como circunstancia negativa que "exclusivamente" pudiera motivar la expulsión: normalmente se ha asociado a toros elementos, particularmente el que el extranjero esté indocumentado: y en segundo lugar, porque la estancia irregular y la entrada clandestina suelen ser circunstancias que normalmente van unidas, aunque no siempre: en todo caso, no lo hemos considerado nunca como elemento negativo suficiente que motive la expulsión.


Nota: El apelante entró en España con 12 años, su madre es residente permanente, sus tías y abuela con la que convive son españolas. El joven tenía varios antecedentes policiales y sanciones administrativas que el abogado del Estado no supo determinar en que situación se encontraban. El juez por lo tanto se centro en si estaba o no indocumentado y este extremo se desvirtuó con la copia completa del pasaporte en el expediente y en la Sala el original.

Otras decisiones dictadas en el año 2015 por el mismo juez-magistrado:

Ficheros Asociados

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León