Jurisprudencia
Sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Torrelavega de 19 de mayo de 2016.Falta de legitimación pasiva de la entidad encargada de la importación y distribución de vehículos de la marca Volkswagen en España que no fue parte en el contrato de compraventa.
Sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Torrelavega de 19 de mayo de 2016. Desestimación de la demanda formulada por el comprador de un Volkswagen. Compraventa. De vehículo de motor de la marca Volkswagen que tenía instalado un software que alteraba los datos de emisiones contaminantes. Acciones de nulidad del contrato por vicios del consentimiento -dolo y error-, de resolución por incumplimiento contractual y de indemnización de daños y perjuicios. Desestimación. No ha quedado acreditada la existencia de dolo de la vendedora porque no tenía conocimiento de que el vehículo tenía instalado un software "mal intencionado". Respecto al error sufrido por el demandante, no puede calificarse de relevante. La acción de resolución no puede prosperar porque el incumplimiento no puede calificarse como grave y el vehículo adquirido es útil para el fin al que se destinaba. Yen cuanto a la acción indemnizatoria, no se ha aportado prueba alguna sobre la realidad de los daños y perjuicios. Falta de legitimación pasiva de la entidad encargada de la importación y distribución de vehículos de la marca Volkswagen en España que no fue parte en el contrato de compraventa. Diario La Ley, Nº 8777, Sección La Sentencia del día, 7 de Junio de 2016 (Texto completo).
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