Jurisprudencia
Sentencia del Juzgado de Primera Instancia núm. 16 de Barcelona de 18 de marzo de 2011. MENA. Protección de los derechos de los menores ante la duda en la determinación de la edad se considera que es menor.
Sentencia del Juzgado de Primera Instancia núm. 16 de Barcelona de 18 de marzo de 2011. Menores extranjeros no acompañados (MENA). Determinación de la edad. Análisis jurisprudencial y valoración de los diversos informes periciales. Prevalencía de la minoría de edad ante la duda en la determinación de la edad: protección de los derechos de los menores ante la duda en la determinación de la edad.
Esta sentencia tiene su origen en el recurso interpuesto contra la resolución de la Dirección General de Atención a la Infancia de Cataluña , que decidió que un joven de Malí era mayor de edad después de practicarle una serie de pruebas físicas, y por ello dejaba de estar protegido por la legislación sobre desamparo de menores. El fallo judicial confirma la minoria de edad señalando que la prueba practicada al joven "no ha servido para aclarar su edad" y "no siendo posible un grado de certidumbre sobre la mayoría de edad de esta persona, ha de estimarse que es menor de edad" "es de aplicación el principio de interés del menor que ha de prevalecer frente a cualquier otro".
Textos normativos analizados para la resolución del caso:
- Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia.
- Declaración Universal de los Derechos del hombre.
- Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950.
- Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y firmada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989.
- Jornada organizada por el Defensor del Pueblo de España.
Bibliografía:
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