STJUE (Sala Segunda) de 6 de octubre de 2022. Un EM no puede ordenar el internamiento de un nacional de un país tercero en situación irregular basándose únicamente en el criterio general del riesgo de que la ejecución efectiva de la expulsión se vea comprometida.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 06/10/2022
Número de recurso: C‑241/21
Comentario:

STJUE (Sala Segunda) de 6 de octubre de 2022. Asunto C‑241/21 (Politsei- ja Piirivalveamet): Procedimiento prejudicial. Directiva 2008/115/CE. Retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular. Artículo 15, apartado 1. Internamiento. Motivos de internamiento. Criterio general del riesgo de que la ejecución efectiva de la expulsión se vea comprometida. Riesgo de comisión de un delito. Consecuencias de la investigación del delito y de la imposición de una sanción. Complicación del proceso de expulsión. Artículo 6 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Limitación del derecho fundamental a la libertad. Exigencia de una base legal. Exigencias de claridad, previsibilidad y accesibilidad. Protección contra las arbitrariedades. Un EM no puede ordenar el internamiento de un nacional de un país tercero en situación irregular basándose únicamente en el criterio general del riesgo de que la ejecución efectiva de la expulsión se vea comprometida.

Fallo del Tribunal:

  • "El artículo 15, apartado 1, de la Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular, debe interpretarse en el sentido de que no permite a un Estado miembro ordenar el internamiento de un nacional de un tercer país en situación irregular basándose únicamente en el criterio general del riesgo de que la ejecución efectiva de la expulsión se vea comprometida, sin que concurra ninguno de los motivos de internamiento específicos previstos y claramente definidos por la normativa que transpone esa disposición al Derecho nacional".

Procedimiento:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León