Jurisprudencia
STJUE (Gran Sala) de 18 de enero de 2022. Renuncia a la nacionalidad de un EM para obtener la de otro EM por habérsele garantizado que se le naturalizaría. La decisión de no naturalizarle debe respetar el principio de proporcionalidad cuando impida recuperar la ciudadanía UE.
STJUE (Gran Sala) de 18 de enero de 2022. Asunto C-118/20 (Wiener Landesregierung). Procedimiento prejudicial. Ciudadanía de la Unión. Artículos 20 TFUE y 21 TFUE. Ámbito de aplicación. Renuncia a la nacionalidad de un Estado miembro para obtener la nacionalidad de otro Estado miembro conforme a la seguridad dada por este último de que se naturalizaría al interesado. Decisión de dejar sin efecto dicha seguridad por razones de orden público o de seguridad pública. Principio de proporcionalidad. Situación de apatridia. Renuncia a la nacionalidad de un EM para obtener la de otro EM por habérsele garantizado que se le naturalizaría. La decisión de no naturalizarle debe respetar el principio de proporcionalidad cuando impida recuperar la ciudadanía UE.
Fallo del Tribunal:
- "1) La situación de una persona que, teniendo la nacionalidad de un único Estado miembro, renuncia a ella y pierde, por este motivo, el estatuto de ciudadano de la Unión, con el fin de obtener la nacionalidad de otro Estado miembro, después de que las autoridades de ese último Estado le dieran la seguridad de que se le concedería esa nacionalidad, está comprendida, por su naturaleza y sus consecuencias, en el ámbito de aplicación del Derecho de la Unión cuando se decide dejar sin efecto dicha seguridad y, por esta razón, esa persona no puede recuperar el estatuto de ciudadano de la Unión.
- 2) El artículo 20 TFUE debe interpretarse en el sentido de que las autoridades nacionales competentes y, en su caso, los órganos jurisdiccionales nacionales del Estado miembro de acogida están obligados a comprobar si la decisión de dejar sin efecto la seguridad relativa a la concesión de la nacionalidad de ese Estado miembro, que tiene como consecuencia que la pérdida del estatuto de ciudadano de la Unión por la persona afectada adquiera carácter definitivo, es compatible con el principio de proporcionalidad habida cuenta de las consecuencias que tal decisión tiene para la situación de esa persona. No se cumple esta exigencia de compatibilidad con el principio de proporcionalidad cuando tal decisión está motivada por infracciones administrativas del Código de la circulación que, según el Derecho nacional aplicable, conllevan una mera sanción pecuniaria".
Procedimiento:
Otras decisiones recientes del TJUE:
- STJUE 20.01.2022. El nacional de un país tercero no pierde su estatuto de residente de larga duración si su presencia en el territorio de la Unión se limita, dentro de un período de 12 meses consecutivos, a tan solo unos cuantos días.