Jurisprudencia
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco (Sala de lo contencioso-Administrativo. Sección 2ª) de 25 de abril 2017. No expulsión de ghanés ascendiente de española.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco (Sala de lo contencioso-Administrativo. Sección 2ª) de 25 de abril 2017. Impone multa revocando parcialmente expulsión por infracción grave del art. 53.1.a) LOEx a ghanés, ascendiente de española. Revoca la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo, por aplicación del art. 57.5.d) LOEx. La percepción asistencial de la Renta de Garantía de Ingresos impide la imposición de la sanción de expulsión, pese a la STJUE de 23.04.2015, pues la naturaleza sancionadora de la decisión administrativa recurrida no puede desconocerse ni alterarse, excluyéndose que la sanción de expulsión pueda considerarse como una singular decisión de retorno, que no es lo que resolvió la Administración en este caso concreto. En consecuencia, impone multa por los mínimos legalmente establecidos, revocando parcialmente la decisión de la Administración que acordó la expulsión por infracción grave del art. 53.1.a) LOEx. Extranjero ghanés, ascendiente de española, a quien se incoa expediente preferente por estancia irregular, constando como antecedentes desfavorables, existencia de una orden de expulsión anterior no ejecutada y antecedentes policiales por tráfico de drogas. La Sala considera que carece de relevancia anulatoria la tramitación del procedimiento preferente (que se alegaba como inadecuado), así como que el punto de conexión que determina la aplicación del RD 240/2007, frente a una sanción de expulsión, es la titularidad de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la UE, no la simple relación de parentesco.
Otras decisiones del mismo Ponente:
- STSJ País Vasco 03.05.2017. El art. 57.2 LOEX no es aplicable a los residentes de larga duración.
- STSJ País Vasco 01.03.2017. Sustituye expulsión por multa.
- STSJ País Vasco 26.05.2010. Se sustituye expulsión por multa de 301 Euros.
Otras decisiones del mismo STSJ País Vasco:
STSJ País Vasco 02.03.2017. Concede T.F.U.E a ciudadano de Burkina Faso casado con española, con antecedentes penales y sin recurso economicos.
Ficheros Asociados
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STSJPV_25_04_2017 (747 KB)